ECONOMÍA

Conseguir el perdón de las deudas será más complicado con la última reforma concursal

Los profesionales advierten que los requisitos se endurecen para conseguir la llamada exoneración del pasivo insatisfecho. 

Jornadas concursales 2022 en Zaragoza.
Jornadas concursales 2022 en Zaragoza.
José Miguel Marco

Conseguir el perdón de las deudas, a través de la llamada segunda oportunidad, se ha complicado con la aprobación de la última reforma de la ley concursal. El mecanismo que permitía que una persona pudiera librarse del peso que supone cargar con una mochila de deudas que no puede afrontar ha endurecido sus requisitos desde que el pasado 26 de septiembre entrara en vigor la última modificación de la ley concursal.

"La reforma ha endurecido los requisitos para acceder a la segunda oportunidad", afirma Carlos Terreu, economista y administrador concursal que asiste a las Jornadas Concursales 2022 que organiza el Colegio de Abogados, el de Economistas y la Agrupación Territorial 8ª del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE). Algunas personas quebradas habrían intentado evitarlos adelantando la presentación del concurso de acreedores, una de las causas que baraja el experto para justificar el aumento de casos que se viene registrando este año, junto al fin de la moratoria concursal el pasado 30 de junio.

El pasado 30 de junio terminó la moratoria aprobada desde el inicio de la pandemia de covid-19 por la que una empresa no tenía obligación de presentar el concurso de acreedores aunque se encontrara en dificultades. A partir de esta fecha se ha notado un repunte de concursos de acreedores, sobre todo de persona física. 

En los dos primeros trimestres del año el 65% de los que se presentaron correspondieron a personas físicas, añade Terreu. Con este dato destaca que la mayoría de los concursos que llegan a los juzgados se refieren a casos que afectan a personas con sobreendeudamiento o que arrastran deudas de negocios quebrados. Se habría "acelerado" la presentación de este tipo de concursos después de agosto. "No es tejido empresarial", matiza, en relación al impacto de la crisis en las empresas. Augura que sigan aumentando los casos debido a la situación económica, los precios de la energía e incluso el problema que puede surgir cuando terminen las prórrogas de los créditos ICO concedidos durante la covid y tengan que devolverse.

Los nuevos requisitos

Entre la lista de modificaciones de las insolvencias de las personas físicas, Terreu destaca que no se podrá solicitar la llamada exoneración del pasivo insatisfecho si el deudor tiene alguna infracción tributaria muy grave, como que fuera sancionado con tal castigo tras una inspección, o alguna derivación de responsabilidad. 

Además, se limita la exoneración de crédito público a 20.000 euros, que será el máximo que se pueda perdonar de las cuantías que se deba a la Seguridad Social y la Agencia Tributaria, que suelen ser las administraciones que suman las mayores deudas en estos procesos. En este sentido, Terreu destaca que en los últimos años se habían ido dictando sentencias que reconocían la posibilidad de librar al concursado también de estas deudas, con la polémica abierta con la Administración que negaba esta posibilidad. 

El experto encuentra también aspectos positivos como que con la reforma se permite acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho sin obligar a la venta de la vivienda habitual, que antes había que hacer dentro de la liquidación de todos los bienes para asegurar que ya no se tenía nada con lo que pagar a los acreedores.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión