economía

Requisitos de las ayudas de la DGA para instalar placas solares de autoconsumo

El BOA ha publicado cómo se repartirán los 23 millones de euros que corresponden a la comunidad para incentivar la producción de renovables, tanto fotovoltaica como eólica, en viviendas y empresas.

PRIMERA COMUNIDAD ENERGETICA DE AUTOCONSUMO CON PLACAS SOLARES EN LUCO DE JILOCA / 03-11-2021 / FOTOS: FRANCISCO JIMENEZ[[[FOTOGRAFOS]]]
Placas solares de una instalación de autoconsumo.
Francisco Jiménez

El Gobierno de Aragón ha aprobado la esperada orden de ayudas para quienes opten por una instalación de autoconsumo de energías renovables, tanto solar como eólica, para producir electricidad. Las más frecuentes son las placas fotovoltaicas en viviendas y empresas. La partida incluye unos 23 millones de euros que han correspondido a la comunidad en el reparto de los fondos europeos Next Generation que llegan a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Gobierno central.

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado este viernes, 19 de noviembre, la Orden del departamento de Industria ICD/1524/2021, de 4 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria en Aragón de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial. El programa nacional está dotado con una cuantía inicial de 660 millones de euros con cargo al presupuesto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

1. ¿Para qué instalaciones se pueden pedir estas ayudas?

Se han establecido seis programas de incentivos dirigidos a empresas y particulares. Se incluye un apartado específico para la realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento y otra para el resto de sectores. También se contempla la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo ya existentes en todos los sectores.

En cuanto a los programas de incentivos para edificios, se dirigen a las instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento. Además, otra línea subvencionará la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo de las anteriores. Se incluyen también las instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial. Las bases reguladoras se aprobaron para toda España el pasado 30 de junio en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

2. ¿Se puede solicitar para placas ya instaladas?

En el caso de las viviendas, las fechas de las facturas correspondientes a la ejecución de las instalaciones objeto de ayuda deben ser posteriores al 30 de junio de 2021.  

 En el caso de instalaciones en el sector servicios, industria y otros, "solo se admitirán actuaciones por parte de los destinatarios últimos de las ayudas iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda", ya que tienen un carácter "incentivador", detallan los requisitos.

La orden precisa que se aplican los citados plazos "sin perjuicio de la realización de las correspondientes actuaciones preparatorias que sean necesarias para presentar la solicitud o llevar a cabo las correspondientes inversiones". Se podrán haber iniciado ya memorias técnicas, certificados, sondeos exploratorios y ensayos TRT para el caso de instalaciones geotérmicas y campaña de mediciones del recurso eólico que sí podrán ser considerados subvencionables, "aun cuando hubieran sido facturados con anterioridad a la solicitud", siempre que, en todo caso, estas actuaciones preparatorias "se hubieran iniciado con posterioridad al 30 de junio de 2021".

3. ¿Cuándo se pueden pedir?

La documentación se puede presentar desde el próximo 13 de diciembre y hasta que se agoten los fondos.

4. ¿Cómo se conceden?

El régimen de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva simplificado, por lo que el orden se establece en función de su fecha de presentación. Se irán dando mientras quede presupuesto.  

5. ¿Cuánto dinero se reparte?

La cuantía global máxima para la concesión de ayudas a destinatarios finales según la convocatoria es de 20,7 millones de euros, ya que el Gobierno de Aragón se reserva 1,5 millones de euros para inversiones directas en el apartado de inversión residencial que incluye a las administraciones públicas.

El reparto quedó fijado en las bases reguladoras del real decreto de 29 de junio, en el que se establecen módulos para las viviendas que van de los 300 a los 600 euros por KWP (kilovatio pico, medida utilizada en las energías renovables) según el tamaño de la instalación. En el caso de las comunidades de autoconsumo colectivo el importe va desde 355 a 710 euros/KWP. En caso de empresas, el importe de la ayuda va de 460 a 1.188 euros en fotovoltaica y de 1.070 a 4.723 euros en el caso de la eólica, entre otros baremos.

6. ¿Cómo se presenta la solicitud?

Solo se puede presentar por internet mediante el "Tramitador on line" del Gobierno de Aragón. Es necesario identificarse con el DNI o certificado electrónico o con el sistema Cl@ve. Las notificaciones a los solicitantes y beneficiarios se cursarán de forma electrónica. Las resoluciones se conocerán en el plazo máximo de seis meses desde la presentación de la solicitud.

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