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Continúa la remontada del euríbor

El indicador, que marca la cuota mensual de la mayoría de las hipotecas de España, iniciaba su remontada a finales de marzo provocando la subida de la cuota hipotecaria en cuatro años.

La nueva normativa restringe la venta de los productos vinculados a la hipoteca.
La nueva normativa restringe la venta de los productos vinculados a la hipoteca.
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Los presagios de algunas voces expertas que hace un mes hablaban de una posible subida histórica del euríbor se han cumplido. El principal indicador para la mayoría de las hipotecas a tipo variable en nuestro país, el cual comenzaba a remontar a finales del mes de marzo, amenazaba con producir la primera subida de la cuota de las hipotecas en cuatro años. Finalmente, el euríbor ha pasado de mínimos históricos –de hecho el 12 de marzo, día en el que se iniciaba el estado de alarma en nuestro país, marcaba -0,368%- hasta rozar el positivo según los últimos datos disponibles que a 11 de mayo lo situaban al -0,078%.

No obstante, la subida será mínima. Según los cálculos de la hipoteca media en nuestro país en 2019, sobre una hipoteca de 100.000 euros a un plazo de 20 años, el aumento en dicha suma apenas se situaría en 0,22 euros al mes o lo que es lo mismo, 2,64 euros al año.

Pero ¿por qué se ha producido este aumento en pleno contexto de crisis? Según los analistas, la fuerte recuperación del euríbor guarda relación con la existencia de un mercado interbancario completamente roto, una situación que se produce en contextos de incertidumbre y crisis en el sector financiero. “La subida se inició hace meses y venía provocada una previsión de subida de la actividad crediticia”, explica José Ángel Oliván, secretario general de la Unión de Consumidores de Aragón (UCA).

Una subida que en un primer momento venía propiciada por el crecimiento del PIB europeo mientras que, en la actualidad, sigue en aumento pero por otro motivo: la necesidad de financiación que surge a raíz de la crisis sanitaria. “No obstante sigue en tasa negativa, lo cual es bueno al menos para los hipotecados con tipos variables referenciados al euríbor y malo para todos los demás que han visto crecer el coste de los servicios financieros como consecuencia de la paralización de la actividad crediticia”, afirma Oliván.

Además, en un contexto como el actual en el que han aumentado notablemente las hipotecas de tipo fijo –a las cuales no les afectan los cambios de euríbor-, y a pesar de que Oliván asegura que es difícil saber lo que va a ocurrir en un contexto tan cambiante como el actual, afirma que “la sensación es que el negocio bancario vuelve a cambiar y no es fácil predecir el futuro y ningún modelo de análisis económico está preparado para hacer frente a una pandemia", admite.

Sin embargo, el aumento del índice no deja de ser una mala noticia para muchas de familias, sobre todo para aquellas que se han visto afectadas por un ERTE o han quedado en situación de desempleo, aunque en líneas generales no parece que la previsible subida de la cuota llegue a comprometer la economía de las familias. En los casos de mayor vulnerabilidad económica, las personas afectadas podrán acogerse a una moratoria siempre y cuando cumplan los requisitos necesarios para que la entidad financiera la acepte.

Moratoria de préstamos hipotecarios

Esta medida podrá solicitarse hasta 15 días hábiles después de que haya finalizado el estado de alarma. Entre los requisitos a cumplir, la persona que lo solicite tendrá que demostrar que se encuentra en situación de desempleo a causa de la crisis sanitaria o, para los casos de los autónomos, haber sufrido una caída en las ventas del 40%. Además, el conjunto de los ingresos de la familia no podrá superar el límite de tres veces el IPREM (actualmente fijado en 537,84 euros al mes) durante el mes previo a la solicitud de la medida aunque existen excepciones como contar con algún miembro de la familia en situación de dependencia, entre otros.

Un tercer requisito guarda relación con la suma de la cuota de la hipoteca, la cual, junto con los gastos básicos -como gas, agua, electricidad o teléfono- tendrá que resultar superior al 35% de los ingresos netos familiares. Finalmente, otro de los requisitos pasa por demostrar que, a consecuencia de la pandemia, el esfuerzo de pagar la hipoteca en relación a la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3 veces.

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