Una paciente denuncia a los médicos por una detención ilegal de 14 horas en un hospital de Zaragoza

El juez considera que el estado en que se encontraba la mujer justificaba su inmovilización y acaba investigándola a ella por un posible delito de atentado o resistencia grave.

Entrada de Urgencias del Hospital Royo Villanova de Zaragoza.
Entrada de Urgencias del Hospital Royo Villanova de Zaragoza.
Toni Galán / HERALDO

El ingreso de una mujer en el servicio de urgencias del Hospital Royo Villanova de Zaragoza por una sobre ingesta voluntaria de medicación se saldó en noviembre de 2021 con dos denuncias cruzadas. Una por parte de la paciente, de 31 años, quien acusó a los sanitarios que la ataron a la cama de una detención ilegal de más 14 horas. Y otra interpuesta por una de las doctoras que resultaron lesionadas al intentar sujetarla. Tras más de dos años de diligencias, el pasado mes de diciembre, el titular del Juzgado de Instrucción número 9 dio carpetazo a la primera denuncia y ordenó seguir investigando la segunda, decisión que ahora ha sido avalada por la Audiencia Provincial y que hace prever que la paciente acabará siendo juzgada como presunta autora de un delito de atentado o de resistencia grave, lo que podría acarrearle incluso una pena de prisión.

No conforme con el auto del juez que investiga lo sucedido entre el 12 y 13 de noviembre de 2021, la defensa de la paciente decidió recurrirlo en apelación. Y lo hizo atendiendo a lo que considera una “clara contradicción”. Para el letrado Enrique Esteban, si como manifestaron los médicos la paciente “no presentaba síntomas psicóticos ni melancólicos” y tampoco tenía afectada su “capacidad cognitiva y volitiva”, no se explica que en el hospital le negaran el alta voluntaria y optaran por sujetarla a la cama. “Esta mujer estuvo privada de libertad, de manera totalmente injustificada, al permanecer contenida por cinco puntos desde las 22.45 del 12 de noviembre a las 13.46 del día siguiente”, señalaba en su escrito. El abogado llega a una segunda conclusión: si había motivos para recurrir a la sujeción mecánica de la paciente porque era incontrolable, tampoco resulta comprensible que le acusan de intentar menoscabar y lesionar a los sanitarios y al personal de seguridad de forma deliberada.

A la hora de pronunciarse, primero el magistrado que lleva la causa y después la Sección Sexta de la Audiencia Provincial han sido bastante categóricos. El primero recordaba en su auto que la pareja sentimental de la paciente -con la que mantendría una relación desde hace más de cuatro años- pidió aquel día una ambulancia al ver que la mujer se había tomado numerosas pastillas. En concreto 40 comprimidos de Alprazolan, medicamento que contiene benzodiacepinas (la defensa insiste en que su cliente tan solo se tomó “6 o 7” pastillas de Noctamid). En cualquier caso, durante el traslado de la paciente desde el centro médico de su localidad al centro hospitalario ya se le administró un antídoto.

Lo cierto es que la mujer fue ingresada en el box número 11 de urgencias, destinado a los pacientes psiquiátricos ingresados de forma no voluntaria, donde, tras recuperar la consciencia, fue examinada por los facultativos. Después de hacerlo, sobre las diez a de la noche, estos le comunicaron que “el alta médica estaba contraindicada en ese momento dado el episodio sufrido y la naturaleza de la medicación administrada”. Según el instructor del caso, la mujer no encajó bien aquello y comenzó a manifestar “a voz en grito” su intención de marcharse de allí, “arrancándose las vías por las que estaba recibiendo la medicación”.

Contención mecánica

El estado de agitación de la mujer hicieron necesaria la intervención de sanitarios y guardias de seguridad, que procedieron a su contención mecánica. Fue entonces cuando, siempre según el juez, la paciente “con ánimo de causar menoscabo físico, lanzó golpes y patadas, llegando a propinar patadas en las piernas y genitales de una médico”. En concreto, de la facultativa que al día siguiente decidió interponer una denuncia ante la Policía Nacional.

Para el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Zaragoza, se han conseguido recabar “suficientes indicios” para continuar el proceso penal contra la investigada. Por el contrario, este no encuentra argumentos que permitan imputar un delito de detención ilegal a cuatro de las personas que contuvieron a la mujer. Porque, para el magistrado, esta sujeción tuvo una “justificación médica suficiente”.

En la misma línea, la Audiencia Provincial considera justificada la forma de proceder de los trabajadores del hospital. “El médico que acompañó a la paciente desde el centro médico al hospital manifestó que esta había ingerido voluntariamente benzodiazepinas, y la medicación que se le puso para contrarrestar los efectos precisaba un tiempo, tiempo que no había transcurrido en el momento en que pretendió marcharse”, indica el tribunal. “En el caso de autos -continúa-, la decisión de no dar el alta obedeció a criterios médicos ante una paciente psiquiátrica que había tenido un intento autolítico”. Por ello, entiende que del proceder de los sanitarios y guardias de seguridad no se desprende ningún ilícito penal. La decisión es firme y no admite recurso.

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