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"Mató a Katia porque su cabeza no podía concebir que tuviera otras relaciones"

La Fiscalía y la acusación popular mantienen que el acusado cometió un crimen machista "de libro" y la defensa lo niega. 

Juicio a Rubén Calvo Ropero por el crimen de Katia en Zaragoza
Juicio a Rubén Calvo Ropero por el crimen de Katia en Zaragoza
Guillermo Mestre

Rubén Calvo Ropero, de 33 años, mató a su expareja, Katia Altamirano, de 35, atacándola a traición y por la espalda. Además, acabó con su vida porque no soportó que pudiera tener relaciones con otros hombres, ya fueran reales o figuradas. La Fiscalía y la acusación popular por la Comunidad Autónoma así lo creen y ayer pidieron al jurado que lo declaren culpable de asesinato con las agravantes de alevosía y género. Igualmente, lo consideran autor de un delito de quebrantamiento de condena, pues sobre el acusado pesaba una orden de alejamiento que le impedía acercarse o comunicar con su expareja debido a una agresión anterior.

En lo que no coinciden el Ministerio Público y la acusación popular, a cargo del abogado José Luis Gay, es en la existencia o no del ensañamiento. Para la fiscal, el acusado empleó una violencia brutal y desproporcionada, innecesaria para matar a una persona (asestó a la víctima 64 cuchilladas). Pero, para el letrado, si el ensañamiento se define como una acción que busca aumentar consciente y deliberadamente el dolor víctima, en el caso de Katia la muerte se produjo "en un corto espacio de tiempo", como alegó.

Tampoco estuvieron de acuerdo las acusaciones a la hora de valorar si Rubén Calvo tenía afectada de forma leve su capacidad de entender la licitud de sus actos cuando cometió el crimen, como sostiene la fiscal, o no estaba afectada en absoluto, en opinión del letrado. La diferencia entre ambas posturas estriba en una petición de condena de 23 años de prisión, que solicita la Fiscalía, o de 26, que pide la acción popular.

La defensa del acusado, por su parte, considera que no concurre ninguna agravante. Al contrario, afirma que su cliente tenía una afectación "grave" de sus facultades y es merecedor de que le sea aplicada una eximente incompleta por trastorno mental. Por ello, si así lo entiende el jurado, solicitará una condena de 10 años de cárcel por un delito de homicidio.

Para la abogada Carmen Sánchez no concurre la alevosía: "No se puede decir que existiera un ataque sorpresivo, tenía marcas de defensa y llegó a arrebatarle el cuchillo". Tampoco aprecia el ensañamiento: "Al desconocer el orden de las puñaladas, entendemos que no hay un aumento del sufrimiento. Y en caso de duda, esta debe ser a favor del reo".

La letrada tampoco ve que concurra la agravante de género. Si la fiscal había expuesto minutos antes que este es un "caso de violencia machista de libro" y la acusación reforzaba el argumento señalando que lo que buscaba era "dominar", "controlar" y "someter" a su pareja, la abogada indicó todo lo contrario. "No agrede a Katia por el hecho de ser mujer o porque él sea machista. A cualquiera que hubiera estado allí lo habría agredido", dijo.

Para Carmen Sánchez, los mensajes que envió a su padre hablando de "celos", llamándola "prostituta" o "bruja" y diciéndole que "se había acostado con seis hombres" son "paranoias" producto de su "estado mental".

La abogada de Rubén Calvo alegó que tampoco existe el quebrantamiento de la orden de alejamiento y prohibición de comunicación que su patrocinado tenía sobre Katia Altamirano. Además de quitar importancia a los 9 meses o el año de prisión que piden por este delito, considera que la víctima fue "cooperadora necesaria" del mismo, puesto que ese día fue a casa del acusado (el cual la llamó insistentemente durante la mañana) y estuvo toda la tarde con él.

Las acusaciones rebatieron este argumento y recordaron que el Tribunal Supremo ha resuelto estos casos dejando claro que aunque la mujer preste su consentimiento, no excluye la responsabilidad del acusado. "Él tenía que haber llamado a la Policía", expuso Gay. "Si hubiera cumplido la prohibición, el delito no se habría cometido. La defensa dirá que Katia fue a verlo. Pero el que debe respetar la orden y la sentencia judicial es él. El que las vulnera es el acusado, no la víctima", expuso la fiscal.

La abogada de la defensa, sin embargo, echó la culpa del crimen al "sistema". Tanto por no haberle colocado una pulsera electrónica para evitar que se acercara a su expareja, como con el "fracaso" de los médicos de salud mental y los "tratamientos "de deshabituación de las drogas. "Si el sistema hubiera dado mejor respuesta, Katia estaría viva", afirmó. La letrada incidió en el informe del centro de salud Actur-Sur que le diagnosticó una "esquizofrenia paranoide".

Por otro lado, cuestionó los 200.000 euros de indemnización que pide la Fiscalía para el hijo de 12 años de la víctima y para la madre (para el padre, no), que viven en Nicaragua, y resaltó que no se ha aportado nada sobre su existencia. Por primera vez Rubén Calvo pidió perdón a la familia y dijo sentirse muy arrepentido de lo que hizo y que no fue consciente de ello. Y añadió que no tiene "un duro".

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