tribunales en zaragoza

La Audiencia confirma un fraude fiscal en la venta de parte del antiguo cine Coliseo

Condena a casi tres años de cárcel y 200.000 € del multa al antiguo dueño del local por imponer al Grupo Mango el fraccionamiento del pago para evitar impuestos.

Imagen de archivo de las obras que transformaron el viejo cine Coliseo de Zaragoza en una tienda de Mango.
Imagen de archivo de las obras que transformaron el viejo cine Coliseo de Zaragoza en una tienda de Mango.
J. C.Arcos

La venta en 2013 del local que ahora ocupa la firma Mango en el local del antiguo cine Coliseo del paseo de la Independencia de Zaragoza le acaba de costar dos años y nueve meses de prisión y una multa de 200.000 euros a Javier L. B., antiguo propietario del inmueble. La Fiscalía y la Abogacía del Estado lo llevaron a juicio al comprobar que la operación se cerró en 14.850.000 euros, pero este impuso a la firma textil el fraccionamiento del pago al incluir a un intermediario ‘fantasma’ con el objetivo de defraudar 758.526 euros a la Agencia Tributaria. Para ello, en la escritura pública se hizo constar que la compra venta se cerró en 11.950.000 euros, pero el comprador tuvo que abonar los 2.900.000 euros restantes –más IVA– a Inversiones Creativas Siglo XXI en concepto de intermediación comercial.

La Audiencia de Zaragoza considera ahora probado el fraude fiscal, ya que la estrategia del acusado Javier L. B. de introducir como intermediario a un tercero solo tenía por objeto aminorar la base imponible del impuesto de sociedades. Además, como mantenían las acusaciones, ha quedado probado que la mayor parte del dinero que se pagó a Inversiones Creativas Siglo XXI terminó regresando al vendedor y administrador único de Desarrollo Urbano Aragonés S. L. (DUAR). Por todo ello, lo condena por un delito contra la Hacienda Pública y otro de falsedad en documento público. Lo absuelve, eso sí, del delito de falsedad en documento privado por el que también lo acusaban.

El tribunal impone igualmente una pena de dos años de cárcel y otros 200.000 euros de multa a Mariano C. V., la persona de la que se sirvió el vendedor como supuesto intermediario a través de Inversiones Creativas Siglo XXI. El socio y administrador único de esta última sociedad es Jesús Javier L. L., al que también se sentó en el banquillo por estos hechos. Sin embargo, la sentencia deja claro que este «estuvo al margen en todo momento» del fraude, ya que había otorgado poderes plenos en favor de Mariano C. V. Por ello, tal y como proponía su abogado, Alejandro Giménez, la Audiencia lo absuelve.

Según el fallo de la Sección Tercera, «Inversiones Creativas Siglo XXI no realizó labor de intermediación en la compraventa pactada». Sin embargo, tal y como se recoge en el apartado de hechos probados, Punta Na Sau, la sociedad del Grupo Mango que ejecutó la compra millonaria, aceptó las condiciones que le impuso el vendedor del céntrico local y fraccionó el pago. «Como quiera que la práctica comercial conlleva en múltiples ocasiones la intermediación, no puso objeción a ello», dicen los magistrados, que reconocen que el comprador cumplió todas sus obligaciones legales.

La Audiencia Provincial entiende que los acusados Javier L. B. y Mariano C.V. tenían un acuerdo por el que ambos salían beneficiados. Como prueba, recuerda que de los 3.509.000 euros (2.900.000 de comisión más 609.000 de IVA) que el Grupo Mango abonó al supuesto intermediario, 3.100.000 se devolvieron después a Javier L. B. mediante una transferencia a una mercantil de la que también es titular.Según el tribunal, el resto del dinero cobrado por Inversiones Creativas Siglo XXI se lo quedó Mariano C.V., transfiriendo una parte a cuentas de su familia. Contra la sentencia todavía cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

La Agencia Tributaria calculó en 758.526 euros el dinero que el acusado Javier L. B. dejó de pagar al abonar el impuesto de sociedades. La sentencia reconoce el fraude, pero en el fallo fija una responsabilidad civil de solo 170.130 euros de la que deberán responder de forma solidaria los dos condenados. En cualquier caso, las acusaciones consideran que se trata de un error de transcripción que deberá subsanarse en los próximos días.

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