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Condenado a diez años y medio de cárcel por abusar de la hija menor de su cuñado

El acusado, que doblaba la edad a la víctima, alegó durante el juicio que la niña lo "provocó"

El acusado, Marlon Joel Ponce, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
El acusado, Marlon Joel Ponce, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
José Miguel Marco

Diez años y medio de cárcel es la pena que la Audiencia Provincial de Zaragoza ha impuesto a Marlon Joel Ponce por abusar sexualmente de una niña de 13 años, hija de su cuñado, acto que cometía cuando la menor se quedaba en casa sola. El tribunal lo condena también a siete años de libertad vigilada y al pago de 9.000 euros por los daños morales causados a la víctima. 

Establece, además, que cuando haya cumplido las dos terceras partes de la pena sea expulsado del país durante nueve años, ya que el acusado, de nacionalidad hondureña, lleva años viviendo en España de manera irregular.

El tribunal de la Sección Tercera considera probado que Marlon Joel Ponce, de 27 años, conocía a la niña desde que ella tenía 6 o 7, con lo cual era plenamente consciente de su edad cuando en el verano de 2019, aprovechando que la menor fue a pasar las vacaciones a casa de su padre (pareja de la hermana del acusado), la convenció para mantener relaciones sexuales completas. El agresor aprovechó la docilidad y edad de la niña para atentar contra su libertad e indemnidad sexual en cuatro ocasiones.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Ruiz Ramo, otorga plena credibilidad a la menor y entiende que no padece ninguna deficiencia psíquica que pueda afectar a su declaración ni tampoco aprecia motivos espurios, de resentimiento o venganza para enturbiar su fiabilidad. Destaca que su testimonio ha sido lógico, coherente, persistente y sin contradicciones y fue corroborado por sus familiares.

Pero una cuestión clave en este caso es que el propio Marlon Joel Ponce llegó a admitir en el juicio que había mantenido relaciones sexuales con la menor, aunque matizó que solo fue una vez y porque la niña lo "provocó". La menor siempre ha mantenido que le dejó claro que no quería tener relaciones sexuales con él.

"En el presente caso –recoge la sentencia– nos encontramos con dos personas alejadas en cuanto a la edad –una 13 años y el otro, 26– y su grado de desarrollo o madurez, por lo que carecería de relevancia incluso el consentimiento tácito de la menor, no acreditado". Las psicólogas indicaron que la niña es "alegre y buena persona", tiene un nivel de madurez "insuficiente" y no es aún capaz de asumir completamente los retos de la vida adulta y las consecuencias de sus actos.

Explica que, en los casos relativos a abusos sexuales a menores de 16 años, por indemnidad sexual debe entenderse "no solo el derecho a no verse involucrado en un contexto sexual sin un consentimiento válidamente expresado, sino también en el riesgo que ello puede tener para la formación y desarrollo de la personalidad y sexualidad de la menor concernida.

El acusado reconoció que lo que había hecho estaba "mal", pero lo justificó diciendo que se le había "ido la cabeza". Su abogado solicitó la atenuante de confesión por esa manifestación del acusado, pero el tribunal la rechaza porque estima que su única finalidad era "eludir su responsabilidad". Los magistrados añaden que Marlon Joel Ponce no ha mostrado arrepentimiento alguno y que ha ocultado que las relaciones sexuales fueron cuatro.

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