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Un taxista de Zaragoza logra demostrar en los tribunales que la Guardia Civil lo multó sin pruebas

La DGT rechazó sus tres recursos, pero una jueza anula ahora la denuncia y recuerda a la Benemérita que un agente no puede sancionar «lo que no ve».

Coger un taxi puede ser la oportunidad para una interesante conversación.
El taxista fue denunciado tras verse implicado en una colisión en la rotonda de la carretera del aeropuerto de Zaragoza.
Oliver Duch

Cuando se encuentran con una denuncia de tráfico en el buzón, la mayoría de los conductores optan por la resignación y pasan por caja lo antes posible para beneficiarse del descuento del 50% que ofrece la DGT por pronto pago. Sin embargo, un taxista zaragozano se negó a «picar el anzuelo» y a reconocer una infracción que, dice, nunca cometió. Después de que la Jefatura Provincial de Tráfico desestimara sus tres recursos alegando que los agentes de la Benemérita tienen siempre presunción de veracidad, al conductor no le quedó otra salida que acudir a los tribunales para defender su verdad. Y tras varios meses de litigio, la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 5 de Zaragoza, María José Cía, no solo le ha dado la razón, sino que anula la multa y recuerda que un agente no puede sancionar «lo que no ve».

Para el taxista, Alfredo Sanz, se trata de una «victoria agridulce», ya que el «empeño» de la DGT por rechazar sus argumentos y abocarlo a contratar un abogado debería haber sido castigado con la imposición de costas. «Pero la jueza se ha quedado a medias. Y no lo entiendo, porque a mí ya me advirtieron de que si perdía me cobrarían todos los gastos del procedimiento», explica Sanz.

Los hechos que dieron lugar a este pulso entre el taxista y la DGT se remontan a la primavera de 2019, cuando el vehículo que conducía se vio implicado en una colisión con otro turismo en la rotonda situada junto al desguace de la carretera del aeropuerto de Garrapinillos. Alertada de lo ocurrido, allí se presentó una patrulla de la Guardia Civil de Tráfico que, tras escuchar la versión de ambos conductores, concluyó que la culpa había sido del taxista.

"La sentencia debería servir para que la DGT deje de rechazar de forma sistemática todos los recursos. Con esta forma de actuar, lo único que hace es engordar sus arcas a costa del ciudadano"

A la hora de impugnar la denuncia, primero por la vía administrativa y después por la contencioso-administrativa, el abogado Marco Antonio Navarro insistía en que «ninguna prueba había» de que su cliente invadiera el carril contiguo sin respetar la prioridad. Es más, recordaba que los agentes de la Benemérita habían llegado a tal conclusión sin presenciar ni el choque ni la supuesta infracción, por lo que «no cabía aplicar la presunción de veracidad».

El Constitucional lo deja claro

En su sentencia, la magistrada recuerda que la Guardia Civil «tuvo en cuenta las manifestaciones de los conductores implicados y la situación exacta de los golpes producidos en las chapas de los vehículos».Pero tampoco se olvida de la frase que figuraba en el boletín sancionador: «No observado por el agente». Y es precisamente esta circunstancia la que le permite invocar la doctrina del Tribunal Constitucional en la que se pone de manifiesto la «inoperancia» de la presunción de veracidad de los atestados o denuncias en los que el agente no ha presenciado directamente los hechos.

«La sentencia debería servir para que la DGT deje de rechazar de forma sistemática todos los recursos.Porque con esta forma de actuar, lo único que está haciendo es engordar sus arcas a costa del ciudadano. Sabe que al conductor le cuesta menos pagar que acudir a los tribunales y se aprovecha», dice el abogado del taxista.

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