Teruel

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Un vecino de Teruel, condenado por apropiarse de 35.500€ de la cuenta de su tío, de 102 años

En cinco meses, realizó 114 extracciones bancarias. La Audiencia le impone un año de cárcel e indemnizar a los herederos con la misma cuantía

Acceso principal al Palacio de Justicia de Teruel.
Javier Escriche

Un vecino de Teruel, David D. M., ha sido condenado por la Audiencia Provincial a un año de prisión por haberse apropiado indebidamente de 35.500 euros de la cuenta bancaria de su tío, Simón B. G., que vivía en una residencia de mayores y murió el 26 de noviembre de 2020 con 102 años de edad. Además, tendrá que indemnizar en la misma cuantía a dos sobrinos herederos del fallecido, si bien descontando 3.000 euros que ya devolvió en su día.

La Audiencia considera probado que, si bien David D. M. era la persona autorizada por su tío para hacer gestiones bancarias de acuerdo a sus instrucciones, el procesado rompió la confianza con su familiar y comenzó a hacer extracciones, prácticamente todas ellas de 200 euros, sin su consentimiento. En concreto, en apenas cinco meses, los últimos de la vida de Simón B. G., sacó dinero con la libreta 114 veces de cajeros automáticos y cajas del banco. Según se indica en la sentencia, el acusado acudía al banco todos los días laborables –a veces en varias ocasiones–, y así siguió hasta cuatro días después del fallecimiento de su tío. Una de las extracciones, de 3.000 euros, se produjo el mismo día de la muerte del mayor, si bien al ser denunciado por los otros dos sobrinos de la víctima, puso la cuantía a disposición de estos.

La sentencia señala que aunque el acusado sostuvo en el juicio que sacaba el dinero por encargo de su tío, a quien luego se lo entregaba, las pruebas practicadas no concuerdan con dicha explicación. Simón fue trasladado en septiembre de 2020 a la zona de asistidos y el 17 de noviembre se extremó su supervisión al haber sufrido una caída que precipitó su deterioro físico y cognitivo. Sin embargo, en ese tiempo, las extracciones continuaron con la misma periodicidad que antes.

Destaca el fallo judicial que el acusado no ofrece datos que hagan verosímiles sus declaraciones, pues es "totalmente impreciso" sobre la forma en que su tío le requería el dinero y la manera en que se lo entregaba. Añade que se trata de una cantidad elevada que no se corresponde con las necesidades de Simón, entre cuyas pertenencias, tras su fallecimiento, no consta dinero en efectivo.

El documento judicial indica que, además, David D. M., a la hora de las extracciones, tomó unas precauciones innecesarias si realmente hubiera sacado el dinero por indicaciones de su tío. La sentencia considera "significativo" que el acusado no realizara ninguna extracción en ventanilla ante los empleados de la sucursal bancaria en la que operaba asiduamente por razón de su actividad profesional y en la que, sin embargo, sí sacaba dinero en el cajero automático aprovechando la confusión creada por la petición de cambio a monedas que realizaba a continuación.

Según relata el fallo, salvo dos operaciones en ventanilla en Teruel, las demás las realizó en Valencia  y para efectuar tres de ellas acudió tres días consecutivos a tres oficinas diferentes.

El Código Penal establece para el delito de apropiación indebida la pena de prisión de seis meses a tres años. La Sala considera adecuada la condena de 12 meses de cárcel, tal y como pedía el Ministerio Fiscal, pues aunque el importe sustraído fue elevado atendiendo a la cuantía existente en la cuenta corriente de Simón, 56.406,95 euros, "no causó quebranto económico a su tío".