Teruel

Una jueza de Teruel otorga a una empresa 5.000 euros que le negó Tesorería

En su resolución, la magistrada expone que la Administración aplicó durante la pandemia de covid una normativa que ya no estaba en vigor

El caso ha sido visto por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Teruel.
El caso ha sido visto por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Teruel.
Javier Escriche

La magistrada del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Teruel, María Elena Marcén, ha dado la razón a una empresa de transportes, distribución y construcción que demandó a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) por no exonerarle de las cuotas de agosto de 2020, cuando la compañía se acogió al Erte de fuerza mayor que arbitró el Gobierno debido a la pandemia de coronavirus.

La TGSS alegó que retiró la subvención ese mes a la empresa debido a que esta no había cumplido con su obligación de presentar una declaración responsable sobre el cese temporal de la actividad. Sin embargo, la jueza estima el argumento expuesto por la abogada de la compañía, Elisa Cardona Jiménez, según el cual la Administración aplicó en ese momento una normativa que ya no estaba en vigor. La sentencia obliga a la Tesorería de la Seguridad Social a devolver al empresario los 5.000 euros a que ascendían las cuotas de sus trabajadores durante el mes de agosto de 2020. Además, la TGSS tendrá que asumir las costas del proceso.

En su resolución, la jueza afirma que la presentación de la declaración responsable exigida para que la exención en la cotización resulte aplicable, es un mero requisito formal que, en el caso juzgado, fue subsanado con posterioridad.

El fallo judicial concluye que la actuación de la Tesorería de la Seguridad Social no fue conforme a derecho, pues la Administración no aplicó la legislación correspondiente a la fecha de los hechos. La jueza decreta la devolución al empresario de los ingresos indebidos en una sentencia firme contra la que no cabe recurso alguno en forma ordinaria.

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