Nueva Ley de Bienestar Animal: guía para dueños de perros y gatos

Quedan excluidos de estas medidas los animales de caza, que continúan con la normativa anterior.

Los perros y gatos analizados en el estudio mostraban síntomas.
Los dueños de perros y gatos deben familiarizarse con la nueva normativa.
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La nueva Ley Bienestar Animal que se pone en marcha este 29 de septiembre introduce algunos cambios que todo el que posea un perro o un gato como animal de compañía debe conocer. Algunos de estos requisitos no se pondrán en marcha de inmediato, pero se espera que los dueños los cumplan a lo largo de los meses siguientes. Quedan excluidos los animales de caza, que no están recogidos como animales de compañía y continúan bajo las medidas de la ley previa.

Una de las novedades es que todos los propietarios de un perro deben hacer un cursillo antes de tener al animal. Quien ya cuente con el can a su nombre no queda excluido de esta obligación. Se tratará de un curso gratuito, pero aún no se sabe cómo se llevará a cabo o quién lo impartirá. Además, todos los perros deberán tener un seguro de responsabilidad civil, cuyas cuotas y especificidades están aún por determinar. Los veterinarios recomiendan tratar de incluir al animal en el seguro del hogar o buscar uno independiente.

Tanto los perros como los gatos tendrán que estar identificados como animales de compañía en el registro oficial de la comunidad autónoma correspondiente y portarán un microchip, de no hacerlo se incurrirá en una sanción grave. A su muerte, habrá que darles de baja con la documentación que pruebe su defunción, una tarea de que se suelen ocupar en las clínicas veterinarias.

La cría de animales de compañía queda prohibida bajo sanción muy grave para todo aquel que no sea un criador del registro de Criadores de Animales de Compañía. Ellos, junto con protectoras y centros de adopción, serán los únicos que puedan facilitar la obtención de un animal de compañía. La comercialización queda prohibida de otra forma. En caso de una cesión gratuita, deberá aparecer documentado con un contrato. Los felinos deben esterilizarse obligatoriamente antes de los seis meses de edad. En los perros se mantendrá como una recomendación, pero evitar la reproducción queda a responsabilidad del dueño.

Se prohíbe, además, dejar a los perros sin supervisión durante más de 24 horas. En el caso de los gatos, durante más de tres días. También se sancionará de forma grave dejarlos de forma regular en lugares como terrazas, patios, balcones, sótanos, garajes o azoteas. Tampoco se les podrá dejar solos en un vehículo cerrado, expuestos a condiciones térmicas o den otra índole que puedan hacer peligrar su vida. En caso de pérdida o sustracción del animal, se deberá notificar a la autoridad competente (sin especificar cuál) en menos de 48 horas para no incurrir en sanción leve. De no comunicarse o de no recoger al animal del centro veterinario o residencia, se calificaría como abandono, lo que conlleva una sanción grave.

Los perros y gatos podrán entrar a partir de ahora en bares, restaurantes y alojamientos hoteleros mientras no constituyan un riesgo ni haya un distintivo en el exterior del establecimiento que indique lo contrario. También podrán entrar discrecionalmente en el transporte público, salvo en supuestos vedados por normativa sobre salud pública, ordenanzas municipales o normativa específica.

No se permite que las mascotas sean adiestradas para peleas o riñas con otros animales, bajo sanción muy grave, y no se les puede mutilar (cortar orejas, rabo, etc.) sin un motivo sanitario, bajo sanción grave. Además, se se sanciona muy gravemente el sacrificio de estos animales sin una causa justificada. La vejez, una enfermedad tratable, las causas económicas o querer deshacerse del animal no cuentan como justificación.

La ley promueve a mantener a perros y gatos integrados en el núcleo familiar. Sus calendarios de vacunación deben estar en regla y se sancionará muy gravemente su uso para el consumo humano.

Las infracciones leves conllevarán una multa de entre 500 y 10.000 euros. Las graves irán de 10.001 a 50.000 euros. Y las sanciones muy graves pueden alcanzar los 200.000 euros, con 50.001€ como multa mínima. Además, cometer más de una infracción leve en menos de tres años implicará una sanción grave y más de una infracción grave en tres años equivaldrá a una sanción muy grave. El importe de estas multas se destinará, principalmente, a la implementación de las medidas de esta ley en los respectivos programas territoriales de protección animal.

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