El mandato del Justicia de Aragón acaba el 20 de abril y las próximas Cortes decidirán su relevo

La disolución del Parlamento por las elecciones obligará a que siga en el cargo "en funciones" hasta la nueva legislatura.

Ángel Dolado, Justicia de Araón, ante el monumento de Juan de Lanuza, en la plaza de Aragón, donde se celebra hoy a las 17.30 el acto institucional.
Ángel Dolado, Justicia de Aragón, en una foto de archivo,
Guillermo Mestre

Cinco años se cumplen el 20 de abril de la toma de posesión de Ángel Dolado como Justicia de Aragón y, a partir de esa fecha, continuará en su cargo, pero en funciones. En las Cortes analizan cómo hay que afrontar el relevo pues el fin de mandato llegará con el Parlamento disuelto por la inminente convocatoria de las elecciones autonómicas y municipales. Lo que tienen claro es que será la Cámara que emane de las urnas el 28 de mayo la que definirá a quién corresponde ocupar el cargo de la tercera autoridad de Aragón.

Tres años estuvo en funciones el anterior Justicia, Fernando García Vicente, que asumió el cargo en 1998. Le habían precedido Emilio Gastón y Juan Bautista Montserrat.

Dolado, exjuez decano, fue elegido en 2018, con 46 votos a favor y la abstención de los diputados del Partido Popular. Declaró, en aquel momento, su intención de mantenerse cinco años en el cargo y se fijó, entre las prioridades, la actualización de la ley que regula la figura del Justicia, la asunción de las funciones que desempeña el Defensor del Menor y la inclusión de un sistema de mediación entre administraciones y particulares.

La recuperación de la figura del Lugarteniente del Justicia, incluida en el artículo 39 de la norma que regula la institución, ha sido clave en este mandato. Ángel Hernández ha asumido las funciones de Dolado durante los meses en los que una enfermedad le ha impedido desempeñar las tareas que corresponden al cargo.

"Prudente, pero no neutro", como anticipó que sería el día que tomó posesión, el exjuez decano asumió con tesón su condición de garante y defensor de los derechos y libertades reconocidos en el Estatuto y la tutela del ordenamiento jurídico aragonés. Desde 2018, la institución ha confeccionado informes especiales sobre la situación de la provincia de Teruel, los mayores y la soledad no elegida, la seguridad en montaña, el juego y los menores, la vivienda social y la sanidad y la seguridad en el medio rural. Además de que recoge las quejas tramitadas cada año y analiza la situación de los menores en la Comunidad.

También se examinaron los efectos de la pandemia con estudios sobre el efecto de la alarma sanitaria en la educación, los menores tutelados y el impacto en las residencias de mayores.

La covid marcó un antes y un después en la institución. Tras la vuelta a la normalidad, y por la ausencia del Justicia, ha sido Hernández quien ha representado a la institución en los actos públicos y ha presentado las conclusiones de los informes elaborados.

La única causa que se ha utilizado hasta ahora para relevar al Justicia ha sido el fin del mandato. También recoge la ley 5/1985 (en su artículo 11), con razones de cese el fallecimiento, la pérdida de la condición política de aragonés, una incapacidad declarada en sentencia firme o un incumplimiento reiterado y grave de sus obligaciones.

Comenzaría, entonces, el procedimiento tasado para definir quién ostenta la condición de tercera autoridad de Aragón. Se analiza en las Cortes si la Diputación permanente puede iniciar el proceso o es mejor esperar.

Producido el cese del Justicia, en el plazo máximo de un mes, se deberían iniciar los trámites para nombrar al nuevo. Abierto el proceso electoral, los grupos parlamentarios dispondrán de un proceso de tres meses para dirigir sus propuestas a la Comisión de Reglamento. Solo pueden proponer un candidato.

El dictamen de la comisión de reglamento será presentado ante la Mesa de las Cortes en el plazo de un mes que será la que, de acuerdo con la Junta de Portavoces, remita al pleno el nombre de un candidato.

La designación del Justicia requiere el apoyo de tres quintas partes de los miembros de la Cámara. Significa que precisa el voto a favor de 40 diputados. Tan ajustado fue el último proceso que los servicios jurídicos de la Cámara tuvieron que determinar si eran 40 o 41 los votos favorables requeridos para que saliera adelante la propuesta.

Si ningún candidato resulta elegido en primera convocatoria, se volverá a iniciar el procedimiento con nuevas propuestas de los grupos parlamentarios. Si celebradas tres votaciones, ningún candidato obtiene la mayoría requerida, bastará para las siguientes votaciones la mayoría absoluta. Pero pasarán meses antes de que se vote un nuevo candidato o la reelección del actual Justicia en el pleno. 

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