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Absuelto un militar de la UME al que condenaron por convivir con dos ‘narcos’ en Zaragoza

El tribunal anula la pena de tres años de cárcel al no hallar pruebas de que el soldado participara en el tráfico de drogas

Droga requisada por la Guardia Civil
Guardia civil

Un miembro de la Unidad Militar de Emergencias (UME) en Zaragoza ha sido absuelto de tráfico de drogas por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en la operación antidroga Monpirri, que se desarrolló el pasado mes de julio entre la capital aragonesa y Valladolid, con 13 detenidos.

La sentencia del TSJCyL considera que la «mera convivencia» en su domicilio en Zaragoza, en la avenida de César Augusto, donde tenía alquilada una habitación a dos de los ‘narcos’ colombianos condenados, «no son elementos suficientes para que se pueda producir la extensión de la responsabilidad criminal, siempre que no se haya acreditado acto alguno de colaboración».

«No había una ignorancia deliberada de lo que se depositaba en el inmueble», argumentó la abogada defensora Raquel Ginés, y el fallo le dio la razón. De hecho, considera que la posesión del inmueble no puede suponer la relación jurídica sobre todos los bienes en su interior. Se refieren a los 220 gramos de cocaína incautados en un armario, del que solo tenía la llave uno de los ‘narcos’, quien además reconoció a la Policía que la droga era suya.

«El recurrente (el militar, que fue condenado a tres años por tráfico de drogas por la Audiencia de Valladolid) ni sabía ni tenía por qué conocer los efectos que sus compañeros de vivienda guardaban en su interior, de los que tampoco ha quedado acreditado que se beneficiase más allá de percepción de una exigua cantidad (150 euros de alquiler) por el subarriendo de una de las habitaciones», argumenta la sentencia del TSJCyL.

La operación antidroga supuso la intervención, por parte de la Policía Nacional y de la Guardia Civil, de 1.514,75 gramos de cocaína, 2.000 de speed, 3.000 de sustancia de corte, tres cogollos de marihuana y 11.395 euros.

Doce de los trece acusados asumieron las condenas de la Audiencia de Valladolid (entre uno y tres años de condena), menos el militar, quien responde a las iniciales M. G., que recurrió la sentencia que le impuso tres años por un delito contra la salud pública.

La convcersación telefónica  

La sentencia del Tribunal superior de Justicia de Castilla y León cuestiona también como prueba clave una llamada por teléfono del militar a uno de los acusados después de ver a la Policía Nacional en el garaje del edificio.

Mientras la Audiencia extrae de esa llamada su implicación en el tráfico de drogas, el Alto Tribunal asumió que el acusado recibió una notificación de la inmovilización de su vehículo por las deudas que tenía con Agencia Tributaria. Al ver a los policías merodear por su garaje pensó que venían a materializar la medida y por eso llamó a su compañero de piso para saber si habían subido primero al mismo. En esa llamada, que fue grabada en la investigación policial, aprovechó para recordarle que tenía unas zapatillas para revendérselas a su compañero si todavía las quería o si podía ponerlas en el mercado.

De hecho, el miembro de la UME, que hacía turnos en la Base Aérea de Zaragoza de 8.00 a 15.00, se dedicaba además a repartir zapatillas de Amazon y comida de Globo hasta las 23.00. Además, los fines de semana ejercía su derecho de visitar a su hijo menor en la localidad tarraconense de Salou.

En el fallo considera que no hay ningún indicio incriminatorio contra él y «la mencionada conversación» no puede hacer depender de ella la condena del militar. Hasta ese día no apareció en la investigación porque el teléfono intervenido «no era el suyo» sino el del narco Javier S.T.