El Gobierno de Aragón presentará alegaciones ante la paralización del pasaporte covid por el TSJA

Según la DGA, de ratificar su intención, el Tribunal Superior de Justicia cerraría la puerta a emplear, para frenar la pandemia, cualquier otra medida que limite derechos fundamentales, hasta que el Constitucional resuelva.  

Una persona muestra su pasaporte covid en la entrada de una discoteca.
Una persona muestra su pasaporte covid en la entrada de una discoteca.
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El Gobierno de Aragón ha anunciado que presentará alegaciones ante la paralización del pasaporte covid por parte del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. El TSJA ha propuesto, ante la petición de la DGA de autorización de exigencia de pasaporte covid, plantear una cuestión de inconstitucionalidad frente a la ley estatal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA). 

Así, según informa esta institución, el Gobierno de Aragón presentará alegaciones "a la mayor brevedad posible". Y añade: "Hay que tener en cuenta que, de ratificar su intención, el Tribunal Superior de Justicia cerraría la puerta a emplear, para frenar la pandemia, cualquier otra medida que limite derechos fundamentales, hasta que el Tribunal Constitucional resolviera. Ello privaría a Aragón de importantes herramientas en materia de salud pública, ya sea frente a la covid 19 o frente a cualquier otra circunstancia que requiera adopción de medias urgentes de carácter sanitario".

El Gobierno de Aragón presentó el pasado miércoles, 13 de octubre al Tribunal Superior de Justicia de Aragón el texto una orden que modifica la modulación de medidas del nivel de alerta sanitaria 2 para su autorización previa. Así, se pedía autorización para permitir el uso de pistas de baile en pubs y discotecas después del Pilar a las personas que aporten certificado covid.

En la mencionada orden se establece la apertura del ocio nocturno conforme al horario que establece su licencia (hasta ahora tenían que cerrar a las 4 de la madrugada). Además, en salas de fiestas y discotecas se permite la apertura de las zonas de baile si los asistentes acreditan haber recibido la pauta completa de vacunación Covid-19, habiendo transcurrido 14 días desde la última dosis; haberse recuperado de la infección por SARS-CoV-2 diagnosticada y encontrarse en el periodo comprendido entre el día 11 y el 180, ambos inclusive; o disponer de una prueba diagnóstica de infección activa negativa realizada por profesionales sanitarios en centros o establecimientos autorizados (en las últimas 72 horas en caso de PCR o 48 horas en caso de test rápido de antígenos).

Pero este viernes se ha sabido la respuesta del TSJA a la petición de la DGA: el tribunal superior de justicia de Aragón plantea otra cuestión de inconstitucionalidad y remite a lo que diga el Tribunal Constitucional ante la solicitud de la DGA del pasaporte covid.

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