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La DGA suspende de empleo y sueldo a la forense que ocultó pruebas en un presunto homicidio

La funcionaria negó a la juez haber guardado el corazón del fallecido, que fue hallado después en un bote en el Instituto de Medicina Legal de Aragón. La segunda autopsia reveló que fue una muerte natural y no dolosa.

La furgoneta de la Hermandad de la Sangre de Cristo en el Instituto de Medicina Legal de Aragón, que empezó a funcionar en 2003.
Imagen de archivo de las instalaciones del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA).
Javier Belver

El Tribunal Supremo acaba de desestimar el recurso presentado por la forense del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA) Teresa R. V. contra la sentencia que la condenó    a una multa de 1.800 euros y un año de suspensión de empleo y sueldo por ocultar pruebas a una juez en un caso de presunto homicidio. Para la funcionaria, era la última oportunidad de evitar ser suspendida de sus funciones, ya que fue condenada en septiembre de 2020 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Zaragoza y el fallo fue confirmado tres meses después por la Audiencia Provincial. El Supremo ni siquiera ha admitido ahora su recurso, lo que ha hecho firme la sentencia y ha permitido al Gobierno aragonés ejecutar la sanción. De hecho, esta entró en vigor ayer, 2 de julio.

Los forenses del IMLA–que pasaron a formar parte de la plantilla de la administración autonómica cuando se transfirieron las competencias de Justicia– son los encargados de auxiliar a los juzgados y tribunales aragoneses, no solo practicando autopsias, sino con todo tipo de informes periciales. De ahí que los hechos que se atribuyen a Teresa R.V. se consideren tan graves. Y así lo entendió también la juez    de Calatayud que decidió informar a la Fiscalía de su reprochable conducta.

El origen de todo este asunto se remonta al 30 de abril de 2016, cuando una inocente disputa entre dos niños en un parque de la capital bilbilitana dio lugar a una fuerte discusión entre sus padres: Jesús L. M., de 37 años, y Juan Antonio A. M., de 52. Apenas 20 minutos después, cuando este último regresaba a casa con su mujer y su hijo, cayó fulminado al suelo y nunca volvió a levantarse.

La Policía Nacional acudió a socorrer a esta persona y fue informada de la pelea previa, lo que provocó la detención del hombre con el que se había enfrentando como presunto autor de un delito de homicidio.

Tenía un problema cardíaco

Cuando la jueza de guardia pidió un avance de la autopsia para saber si se podía atribuir o no al arrestado esta muerte, la forense Teresa R. V. emitió un informe en el que decía que se trataba de un caso «en el límite entre la muerte natural y la muerte violenta». Eso sí, apuntaba que la causa fundamental del deceso era «un traumatismo craneal». Ante la gravedad del asunto y la ambigüedad del informe, la instructora pidió aclaraciones a la forense. El fallecido tenía diagnosticado un problema cardíaco, por lo que le interesaba saber si se había conservado alguna víscera para analizar, a lo que la funcionaria contestó por escrito y por los cauces oficiales que no.

Un policía que estuvo presente en la autopsia hizo saber entonces a la juez que sí se había guardado el corazón, por lo que se pidió al IMLA que con carácter urgente aclarase si el órgano    se conservaba en sus instalaciones. Y la respuesta fue afirmativa. Durante el juicio, la encausada se justificó diciendo que el corazón no era una muestra para analizar, sino un simple resto sin valor médico legal. Pero lo cierto es que fue precisamente su remisión al Instituto Nacional de Toxicología y una segunda autopsia lo que permitió descartar la muerte violenta y concluir que Juan Antonio A. falleció por un problema cardíaca.

El error de la forense pudo ser subsanado, pero ello no ha evitado que el detenido, que estuvo encausado casi cinco meses, haya reclamado 100.000 euros de indemnización.

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