Requisitos y cómo solicitar las ayudas para el comedor y el material escolar en Aragón para el curso 2021-2022

El BOA ha publicado este lunes las ayudas para las becas de comedor y material curricular para Zaragoza, Huesca y Teruel.

Libros de texto en la Librería General de Zaragoza.
Libros de texto en la Librería General de Zaragoza.
Asier Alcorta/HERALDO

Este lunes 21 de junio se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón (BOA), la ORDEN ECD/700/2021, de 15 de junio, por la que se convocan ayudas para la adquisición de material curricular de alumnado escolarizado en etapas obligatorias de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2021/2022.

Como recuerda el BOA, la regulación vigente en materia de libros de texto no establece que estos estén sujetos a aprobación previa por parte de ninguna Administración Educativa; sin embargo, la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que los libros de texto deberán adaptarse al rigor científico adecuado a las edades de los alumnos y al currículo aprobado por cada Administración educativa. Además, la evolución de las condiciones socioeconómicas de las familias en los últimos años y de las propias necesidades de la sociedad actual precisa del establecimiento por parte de los poderes públicos de un sistema de ayudas relativas a la adquisición de libros de texto y demás material curricular que se correspondan con la consecución de un modelo educativo justo y de calidad, especialmente en aquellos casos en que se constata la insuficiencia de recursos económicos por parte de las familias.

Presupuesto y cuantía de la prestación

El presupuesto destinado para la convocatoria de estas ayudas para el curso académico 2021/2022 es de 2.300.000 euros, que se corresponderá a las ayudas que subvencionarán el 100% del coste de referencia del material curricular. Los créditos que financian la presente convocatoria tienen la consideración de créditos ampliables conforme a lo señalado en el artículo 5.1 n) de la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2021. Igualmente, el crédito se podrá aumentar como consecuencia de una transferencia, generación, ampliación o incorporación de crédito. 

El coste de referencia del material curricular que determina el importe máximo que podrá subvencionarse en cada nivel o etapa educativa se establece en las siguientes cuantías:

  • Educación Primaria y Educación Especial: 160 euros por alumno.
  • Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica: 230 euros por alumno.

Quienes podrán solicitar las ayudas al comedor o material escolar

Podrán beneficiarse de estas ayudas:

  • El alumnado que en el curso escolar 2021/2022 vaya a cursar estudios de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, en centros sostenidos con fondos públicos, debidamente autorizados, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón y que cumplan los requisitos.
  • El alumnado de los centros educativos en cuyos cursos esté implantado el sistema de Banco de Libros, previsto en la Orden ECD/483/2019, de 13 de mayo, por la que se regula el sistema de Banco de Libros y otros materiales curriculares y su implantación en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de Aragón, deberá optar por adherirse al sistema de Banco de Libros o solicitar las ayudas establecidas en la presente Orden.
  • Queda excluido de lo establecido en el apartado anterior, el alumnado que en el curso 2021-2022 vaya a cursar estudios de primero y segundo de Educación Primaria, el alumnado de Educación Especial y de Formación Profesional Básica en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, por no disponer del sistema de banco de libros de esta enseñanza, pudiendo ser beneficiario de estas ayudas.
  • Podrán solicitar las ayudas para la adquisición de material curricular el padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, o representante legal, integrante de la unidad familiar, del alumnado que reúna los requisitos para ser beneficiario de las mismas.
  • En el caso de que resultase beneficiario de las ayudas convocadas alumnado de Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional Básica cuya promoción al curso superior dependa de la valoración pendiente de las pruebas extraordinarias de septiembre previstas en el artículo 13.4 de la Orden de 26 de noviembre de 2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, perderá la condición de beneficiario si se valora negativamente su promoción siempre que hubiese sido beneficiario de una ayuda de material curricular en la convocatoria del curso 2020/2021 y no se hubiere modificado el material curricular correspondiente al curso en el que no promocione.

Requisitos para poder recibir las ayudas al comedor o material escolar en Zaragoza, Huesca y Teruel

Para ser beneficiario de las ayudas recogidas en la presente convocatoria, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • El padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, o representante legal, integrante de la unidad familiar del alumnado deberá tener su domicilio en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • El máximo de renta familiar para tener acceso a las ayudas de material curricular será
de dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente para el periodo objeto de esta convocatoria.
  • Será requisito indispensable que la renta familiar, referida al año 2019, no supere en valor al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), creado por Real Decreto ley 3/2004, de 25 de junio, determinado anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado fijado en 6.778,80 euros anuales multiplicado por dos, estableciéndose el límite de renta en 13.557,60 euros anuales.
  • El alumno/a deberá estar matriculado en un centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón o hallarse en el proceso de admisión correspondiente para el curso escolar 2021/2022.
  • No deberán encontrarse en ninguna de las prohibiciones o exclusiones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y deberán haber cumplido con la finalidad correspondiente respecto a las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para el mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores.
  • No haber sido sancionado por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, conforme a lo establecido en la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón; así como por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la memoria democrática de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.

Cómo solicitar las ayudas para el comedor o el material escolar en Aragón

La presentación de solicitudes se efectuará desde este martes 22 de junio al lunes 5 de julio, ambos inclusive. El padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, o representante legal, integrante de la unidad familiar, formalizaran la solicitud mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección web www.educa.aragon.es, dirigida al Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte que corresponda.

Los centros sostenidos con fondos públicos elaborarán un borrador que contendrá exclusivamente los datos familiares de aquellas solicitudes que en la convocatoria correspondiente al curso 2020/2021 obtuvieron esta ayuda. Este borrador será entregado a los padres, madres o tutores legales o persona encargada de la guarda y protección del menor o, en su caso, el representante legal del alumnado, para que, en su caso, modifiquen a través de la aplicación informática los datos que consideren incorrectos. Esta posibilidad no existirá para aquel alumnado que por las causas establecidas en la orden de convocatoria quedó en la situación de excluido o no participó en la anterior convocatoria, por lo que deberá formalizar su solicitud tal como se dispone en el punto 1 de este apartado.

Las solicitudes debidamente cumplimentadas telemáticamente e impresas en formato pdf y debidamente firmadas, así como los borradores obtenidos, independientemente de que se hayan modificado o no en la aplicación informática, junto con la documentación necesaria se presentarán, en los lugares siguientes:

  • El alumnado ya escolarizado en un centro de la Comunidad Autónoma de Aragón en el curso 2020/2021, en el propio centro escolar en que esté matriculado en ese curso.
  • El alumnado de nuevo ingreso en el sistema educativo aragonés en el curso 2021/2022, presentará su solicitud en el centro en que haya solicitado plaza en el proceso de admisión de alumnado para el curso 2021/2022, o en el Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte que corresponda. Todo ello sin perjuicio de su presentación en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de varios menores pertenecientes a una misma unidad familiar, deberá presentarse una solicitud por cada alumno/a. Si este alumnado se matricula en el curso 2021/2022 en el mismo centro, o ha estado matriculado en el mismo centro en el momento de presentación de solicitudes, se presentará una sola vez la documentación justificativa.

En el supuesto de alumnado de la misma unidad familiar, que esté matriculado en centros distintos, podrá aportar toda la documentación justificativa en una de las solicitudes, indicando el centro docente en el que consta la documentación. En la solicitud se hará constar de forma expresa la cesión del derecho de cobro al centro autorizado, el compromiso de custodiar y conservar en buenas condiciones el material curricular objeto de la subvención durante todo el curso escolar, así como de cederlo al centro escolar en el que se encuentre matriculado el alumno al finalizar el curso. Todos los miembros de la unidad familiar del solicitante deberán firmar la solicitud.

El solicitante, a través de la declaración responsable que se recoge en la solicitud, deberá comunicar al órgano concedente si se ha solicitado o no alguna otra ayuda para la misma actuación y, en su caso, si se ha concedido o no, indicando la cuantía y procedencia.

La Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Aragón (FAPAR) ha establecido un punto de apoyo para que las familias que no dispongan de medios informáticos puedan solicitar las solicitudes de ayudas de comedor y material curricular para el próximo curso escolar. El punto de apoyo estará ubicado en la oficina de la Federación en Zaragoza, ubicada en la calle San Antonio Abad, 38 y es necesario pedir cita previa por teléfono (976 32 14 30).

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