Las pinturas murales de Sijena seguirán en Cataluña hasta que la sentencia "sea firme"

La magistrada del juzgado de Instrucción número 2 de Huesca ha rechazado proceder a la ejecución provisional del fallo después de que fuera ratificado el pasado 5 de octubre por la Audiencia Provincial.

La obra más llamativa de Sijena que aún conserva el Museo de Lérida es el trono de doña Blanca de Aragón y Anjou, del siglo XIV.
La obra más llamativa de Sijena que aún conserva el Museo de Lérida es el trono de doña Blanca de Aragón y Anjou, del siglo XIV.
Patricia Puértolas

La magistrada del juzgado de Instrucción número 2 de Huesca, Silvia Ferreruela, sigue firme en su idea y de nuevo, ha rechazado proceder a la ejecución provisional de la sentencia que ordena la vuelta de las pinturas murales de Sijena expuestas en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC). Y lo ha hecho atendiendo a los mismos criterios que utilizó en 2018, cuando dejó en suspenso el proceso, ya que entiende que siguen vigentes "a día de hoy", a pesar de que su sentencia fue ratificada el pasado 5 de octubre por la Audiencia Provincial.

La jueza insiste en que su fallo todavía puede ser revocado por una instancia superior -Cataluña ha elevado al pleito al Tribunal Supremo- y por lo tanto, dada la "fragilidad" de las obras, cree necesario esperar a que la sentencia "sea firme" con el fin de evitar un doble traslado.

Así lo señala en el auto emitido el pasado lunes y dirigido al Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, que, junto al Gobierno de Aragón, había instado a la magistrada a dar continuidad a la ejecución provisional del fallo, justo después de conocer la ratificación de la Audiencia Provincial y sin necesidad de esperar a la decisión del Tribunal Supremo, ya que la legislación actual así lo permite.

De hecho, el letrado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, explica que "el artículo 532 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ordena que continúe cualquier ejecución provisional una vez la Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia del juzgado de Primera Instancia, sin que exceptúe en absoluto ningún supuesto, ni siquiera que la ejecución estuviese entre tanto suspendida por la causa que fuere".

No obstante, la jueza dice literalmente que la ejecución provisional queda en suspenso "mientras la sentencia no sea firme y pueda ser revocada en una instancia superior". La siguiente que debe pronunciarse es el Tribunal Supremo, aunque, según Español, si la magistrada mantiene su postura, el pleito puede dilatarse todavía más allá, llegando al Tribunal Constitucional, y por lo tanto, retrasando varios años su ejecución, lo que "difícilmente puede entenderse como justicia". Para evitarlo, el consistorio monegrino interpondrá recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional "en aras de una tutela judicial verdaderamente real y efectiva, pues, dilatar una ejecución de una sentencia durante ocho, diez o doce años, por mucho si quiera ésta fuese de difícil ejecución, en el fondo, es más injusto incluso que el que se dicte una sentencia favorable", añade Español.

La magistrada es breve en su resolución y únicamente, insiste en los argumentos que ya ofreció en 2018. Así, de nuevo, señala que "el estado de fragilidad de las pinturas es tal que las hace especialmente vulnerables ante el proceso de desmontaje, transporte y montaje posterior", lo que "en las operaciones de traslado se asumirían unos riesgos de pérdida y deterioro, que justificaron que se paralizara la ejecución provisional".

La sentencia dictada en julio de 2016 dejaba claro que el MNAC "nunca ha poseído las pinturas a título de dueño", y por lo tanto, al carecer de documento alguno sobre donación o compra, debía atender la reclamación de sus legítimas propietarias -las monjas sanjuanistas de Sijena- y devolverlas a su lugar de origen, del que fueron arrancadas en 1936 sin contar además con el permiso de las autoridades competentes.

Asimismo, respecto al traslado, también señalaba que era complicado, pero posible, lo que también recuerda en su escrito la Audiencia Provincial, donde resolviendo una de las alegaciones recuerda que las pinturas están adheridas a telas de algodón y a su vez, colocadas en madera, lo que permite su transporte.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión