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El TSJA cuestiona la gestión de personal de la Policía Nacional con tres condenas consecutivas

La sala de lo Contencioso-Administrativo revoca tres decisiones e impone el pago de las costas a la administración.

Momento en que los sanitarios intentan reanimar al detenido, que finalmente murió.
Momento en que los sanitarios intentan reanimar al detenido, que finalmente murió.
Heraldo

La política de personal que la Dirección General de la Policía (DGP) ejerce con sus funcionarios en Zaragoza no está teniendo últimamente respaldo en los tribunales. En especial, en lo que se refiere a derechos laborales, conciliación o indemnizaciones por lesiones en actos de servicio.

En tres días, el Ministerio del Interior ha visto cómo el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), en concreto la Sección 1 de lo Contencioso-Administrativo, no solo ha revocado decisiones que los agentes consideraban injustas y perjudiciales para ellos, sino que ha condenado a la Administración al pago de las costas.

Las sentencias, dictadas los pasados días 9, 10 y 11 de marzo, dan la razón a los recurrentes en cuestiones muy diversas. Uno de los fallos resuelve a favor de un funcionario que pidió una reducción de jornada del 99% para cuidar a su hijo de 2 años enfermo de leucemia. El agente tenía también un hijo de 4 años y, en ese momento, su mujer, autónoma, estaba de baja médica por enfermedad causada por la situación familiar que estaban viviendo.

Cuando solicitó la reducción, el Jefe de Servicio de la Subdirección General de Recursos Humanos de la DGP le concedió un 50%, que luego elevó al 60%. El policía recurrió y como medida cautelar, en octubre de 2019, el TSJA le otorgó el 99%. Ahora, en marzo de 2022, ha dictado sentencia sobre el asunto ratificando su decisión. Afortunadamente, el niño se curó y el policía, en octubre de 2021, pidió a los jueces el cese de la medida por mejoría de su hijo. En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan José Carbonero, el tribunal anula la resolución que adoptó el jefe de recursos humanos.

El fallo explica que en cuestiones de reducciones de jornada las posturas distan mucho de ser pacíficas y que diferentes tribunales adoptan decisiones distintas en situaciones similares. Ni siquiera la propia sala tiene un criterio estandarizado, como señala. Pero, analizando las circunstancias de cada caso, en este han atendido a la corta edad de los dos hijos del policía y a su necesidad de conciliar la vida familiar. En la sentencia, impone las costas a la Administración, que fija en 600 euros.

Otra de las sentencias, que lleva fecha de 9 de marzo, alude al recurso interpuesto por una policía a quien el jefe de la División de Cooperación Internacional designó para integrarse en una comisaría de Florencia (Italia) durante 14 días del mes de julio de 2019 y, sin que le dieran explicación alguna, verbalmente le dijeron en junio que no iba a ir. La funcionaria recurrió ante el TSJA esa decisión, puesto que no estaba motivada de ninguna manera. Su abogado, Marco Antonio Navarro, se interesó por conocer los motivos y no se le dio ninguna razón, salvo que lo había desautorizado la Dirección General Operativa.

El letrado alegó indefensión y como medida cautelar el TSJA le autorizó a hacer el viaje, puesto que para su carrera profesional era importante. Después, la Abogacía del Estado argumentó que el motivo era la existencia de un expediente disciplinario, algo que los magistrados ponen en entredicho y, además, resaltan que es de fecha posterior a la decisión adoptada por la dirección general. Por todo ello, dan la razón a la funcionaria y hacen una expresa condena en costas a la administración, que establecen en 1.500 euros.

La tercera resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Albar, ya se hizo pública y se reconoce el pago de una indemnización de 14.000 euros a un policía que resultó herido grave durante la detención de un sospechoso de dos intentos de agresión sexual, que falleció en el arresto por un fallo cardiaco. 

Durante la intervención, en julio de 2019 en Zaragoza, el funcionario sufrió la rotura de dos costillas y de la vértebra L3 a consecuencia de un empujón que le propinó el delincuente. Cuando reclamó una compensación por daños y perjuicios, el jefe de la División de Personal solo le reconoció el derecho a cobrar 139 euros por desperfectos en la ropa.

El policía recurrió y los magistrados le han dado la razón. Calculando con el baremo de la ley de responsabilidad de vehículos de motor (que se usa para cuantificar las lesiones), valora que lo correspondiente a cinco meses de baja son unos 14.000 euros. Además, al desestimarse las pretensiones de la Administración, la condenan al pago de costas que en este caso fijan en 1.500 euros

Los tres casos fueron promovidos por el sindicato Jupol a través de sus servicios jurídicos, a cargo del abogado Marco Navarro, para lograr que la administración asuma su responsabilidad.

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