Una nueva querella acusa de "tentativa de genocidio" a los exjefes de ETA

La denuncia, obra del mismo abogado que viene hostigando a la antigua cúpula terrorista, pide que no se den por prescritos 327 asesinatos.

Entrada a la Audiencia Nacional.
Entrada a la Audiencia Nacional.
EP

Nueva vuelta de tuerca a la ofensiva judicial para seguir estrechando el círculo en torno a la excúpula de ETA en los tribunales. La Asociación Española contra la Impunidad -el colectivo que lidera el abogado cuyas querellas en los sumarios por los asesinatos de los concejales del PP Miguel Ángel Blanco y Jesús María Pedrosa o el atentado contra la casa cuartel de Santa Pola han llevado a la imputación de los exjefes terroristas- presentó este jueves una nueva demanda contra diez cabecillas etarras acusados de "tentativa de genocidio".

El fin último de esta denuncia, según se explica en la misma, es que la Audiencia Nacional declare imprescriptibles 327 de los 379 asesinatos aún sin resolver perpetrados por la organización terrorista, al considerar que fueron "elementos instrumentales" para llevar a cabo un exterminio que, no obstante, no llegó a consumarse.

El escrito, al que ha tenido acceso este periódico, lleva la firma del letrado Miguel Ángel Rodríguez Arias, el mismo que hace una década presentó la demanda por genocidio consumado contra ETA. Esta iniciativa acabó desestimada en septiembre de 2015 al establecer el tribunal que no se había probado la "destrucción total o parcialmente" de un "grupo" por razón de su "nacionalidad, etnia, raza o religión" -las premisas del genocidio- y que este delito, por tanto, solo podía ser investigado en su versión de crimen de lesa humanidad, el cual no entró en vigor en España hasta 2004. La nueva querella afronta ahora la cuestión desde otra perspectiva: el genocidio en grado de tentativa basado en la legislación internacional recopilada por el demandante.

La querella se ha registrado en el sumario 10/2000, que instruye el Juzgado de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional por el asesinato el 20 de agosto de 2000 en la localidad oscense de Sallent de Gállego de los guardias civiles Irene Fernández Perera y José Ángel de Jesús Encinas con una bomba lapa adosada a los bajos de su vehículo. El escrito se querella, como en anteriores ocasiones en las demandas de Dignidad y Justicia (DyJ), contra los diez jefes de ETA a los que todos los informes policiales señalan como miembros en esos años del 'Zuba', el comité ejecutivo de la banda terrorista: Ignacio de Gracia Arregi, 'Iñaki de Rentería'; Javier García Gaztelu, 'Txapote'; Juan Antonio Olarra, 'Juanvi'; Ainhoa Mujika; 'Olga'; Asier Oyarzabal, 'Baltza'; Juan Carlos Iglesias, 'Gadafi'; Mikel Albisu, 'Mikel Antza'; Vicente Goikoetexea, 'Willy'; Ramón Sagarzazu, 'Ramontxo'; y Soledad Iparragirre, 'Anboto'.

Todos ellos, sostiene la demanda, serían imputables por los asesinatos de los dos guardias en Huesca pero también por los 327 asesinatos "impunes" de ETA cometidos después del 24 de mayo de 1976. Justo 20 años antes del día que entró en vigor la reforma del Código Penal de 1995 que estableció que el único delito imprescriptible antes de que fueran aplicables los delitos de lesa humanidad (2004) era el de genocidio. Este se introdujo en el Código Penal en el franquismo.

Naciones Unidas

Ante el anterior rechazo de la Audiencia Nacional, la acusación explora ahora la vía de la "tentativa de genocidio" de acuerdo con la Resolución 780/1992 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que define los tres indicios que, conjuntamente, apuntan a una "fuerte indicación de genocidio, independientemente del número real de muertos": los "ataques" al "conjunto del liderazgo de un grupo"; el asesinato de las "fuerzas aplicativas de la ley" como policías, militares, jueces o fiscales; y la "huida" de un "número relativamente grande de miembros del grupo" sometido al acoso.

Con esta base, argumenta la Asociación Española contra la Impunidad, los asesinatos sin aclarar de ETA anteriores a mayo de 1976, aunque hayan pasado mucho más allá de 20 años, pasarían a ser imprescriptibles dado que esos atentados mortales fueron "instrumentos" para cometer el genocidio frustrado.

Los asesinatos -explica la demanda- se cometieron en "concursalidad" con el genocidio; y el Supremo, "en una jurisprudencia constante de décadas", ha fijado que el delito más grave, cuando está ligado con otro menos grave, es el que marca la prescripción de ambos. "En estos supuestos la unidad delictiva prescribe de modo conjunto, de modo que no cabe apreciar la prescripción aislada del delito instrumental mientras no prescriba el delito más grave o principal", abunda la querella firmada por Miguel Ángel Rodríguez.

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