Cambios en el pago de multas de tráfico: así hay que hacerlo a partir de ahora

A partir de este martes, 1 de noviembre, la DGT varía el sistema oficial a través del cual notifica a los infractores las sanciones de tráfico.

La recaudación por multas de tráfico es una importante fuente de ingresos para el Consistorio.
Multas de tráfico.
José Miguel Marco

La Dirección General de Tráfico (DGT) ya lo avisó hace unas semanas: a partir del 1 de noviembre cambia la forma en en la que se notificarán las multas y los plazos de pago. Una nueva medida que no afectará a todos los conductores por igual, ya que alude solo a las personas jurídicas, es decir, entidades, empresas de alquiler o de renting. 

Pero ¿en qué afecta este cambio? Hasta ahora la DGT podía notificar las sanciones a través de dos vías, o por correo postal o electrónicamente a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV). Lo normal era que toda notificación se hiciera por vía postal siempre que no se hubiese seleccionado de forma expresa que se hiciese de forma telemática. A partir este martes el procedimiento oficial de aviso de sanción para las empresas será solo mediante la DEV

Un sistema al que las empresas ya deben darse de alta para recibir las notificaciones. En el caso de no hacerlo en un plazo máximo de dos semanas -a contar desde el 1 de noviembre-, la DGT lo hará de forma totalmente automática para que evitar posibles extravíos de multas

Qué es la DEV y cómo se utiliza

La Dirección Electrónica Vial es un buzón online de tráfico. Para darse de alta será necesario, tal y como indica la web de la DGT, "usar un certificado digital en vigor y facilitar un correo electrónico y un número de teléfono móvil donde recibir los avisos de las notificaciones pendientes. En caso de no darse de alta, se asignará de oficio una dirección electrónica, donde se realizarán las notificaciones pertinentes".

Quienes sí seguirán recibiendo las multas por correo ordinario certificado en su domicilio serán los conductores particulares, siempre que no hayan pedido expresamente que la información les llegue por la DEV.

Multas hasta un 20 % más caras si se pagan tarde

Desde el momento en el que se envía la notificación al buzón electrónico el plazo para descargarla es de 10 días naturales. Desde que se dé por notificada una sanción comenzará a contar el periodo voluntario para pagarla, que es de 20 días naturales. 

Solo durante este plazo será posible pagar la mitad del importe (bonificación del 50 %), o bien recurrir la denuncia. Transcurrido ese periodo, se pasará automáticamente al procedimiento ordinario, es decir, el plazo de pago serán 45 días.

Si transcurrido ese tiempo no se abona la sanción se aplicará un recargo del 20 % sobre la cuantía del total. Así, por ejemplo si la multa es de 200 euros, el infractor pagará 240 euros y si es de 100 euros, abonará 120.

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