El Constitucional mantiene la prohibición de las manifestaciones en Madrid

Fuentes jurídicas han informado de que el pleno ha dictado dos providencias en las que admite a trámite por unanimidad los recursos de amparo presentados por UGT y CCOO de Madrid contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que prohíbe por razones de salud las concentraciones.

Tribunal Constitucional
Declaración de Trapero en el Tribunal Constitucional.
Efe

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado mantener la prohibición de las concentraciones previstas este mediodía por el Día Internacional de la Mujer en MadridFuentes jurídicas han informado de que el pleno ha dictado dos providencias en las que admite a trámite por unanimidad los recursos de amparo presentados por UGT y CCOO de Madrid contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que prohíbe por razones de salud las concentraciones.

El TC pretende analizar en una sentencia de fondo las cuestiones de constitucionalidad planteadas, que se consideran de especial trascendencia, "para aclarar o modificar su doctrina tras el surgimiento de nuevas realidades sociales" y porque "el asunto trasciende del caso concreto, porque plantea una cuestión jurídica relevante y genera repercusión social".

Pero, en cambio, ha denegado la medida cautelarísima de suspensión inmediata de la prohibición de las marchas porque "no aprecia la urgencia excepcional" y, además, porque considera que "el asunto presenta elementos sustantivos específicos que abogan por un estudio meditado y contradictorio de esta petición".

Y, como suele ser habitual, han ordenado formar una pieza separada y dar un plazo de tres días a la Fiscalía y a los sindicatos para que formulen las alegaciones pertinentes.

La decisión del Constitucional se ha adoptado en un pleno de urgencia que se ha convocado a las 09.30 para estudiar estos recursos después de que este domingo el TSJM dictara cinco resoluciones dirigidas sobre otros tantos recursos presentados por sindicatos y organizaciones feministas contra la prohibición acordada por la Delegación del Gobierno en Madrid.

En todos ellas, la Justicia madrileña ratifica la prohibición al apreciar "alto riesgo" de contagio y primar el derecho "a la salud, la integridad física y la vida de las personas" al de reunión con el mismo criterio que en los otros tres recursos desestimados en la noche del sábado para celebrar actos el domingo.

Según los recursos de ambos sindicatos, la sentencia "no analiza de forma concreta" la convocatoria a la que se aludía en el recurso sino que emplea argumentos de "carácter general" para desestimarla.

Desde CCOO y UGT entienden que deben estudiarse "uno por uno y caso por caso de forma separada", ya que las características de la concentración que tenían prevista, "con una limitación de asistentes a 250 personas", junto con la presencia de un servicio de orden y en una fecha y hora -lunes a las 12.00 de la mañana-, convertían este acto en "inofensivo" para la salud pública, según su criterio.

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