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Cómo votar por correo en las elecciones catalanas y hasta cuándo se puede pedir y emitir el voto

El voto por correo debe pedirse en Correos de manera presencial o electrónicamente antes de las 14.00 del 5 de febrero.

Edificio de Correos en la avenida Anselmo Clavé de Zaragoza.
Un edificio de Correos en Zaragoza.
José Miguel Marco

Las elecciones catalanas se celebran el próximo domingo 14 de febrero. La campaña electoral ya ha comenzado, y la opción de efectuar el sufragio por correo está creciendo de manera exponencial en esta convocatoria; la emergencia sanitaria de la covid-19 ha sido decisiva en este particular, debido a la conveniencia de evitar aglomeraciones en espacios cerrados, aunque se tomen todas las medidas recomendadas por las autoridades sanitarias.

El repunte de contagios tras las fiestas navideñas ha disparado las solicitudes de este tipo de voto, que podían hacerse desde finales de diciembre. El plazo para efectuar la solicitud concluye este viernes 5 de febrero a las 14.00, ya sea en las oficinas de Correos de cualquier punto de España o en la web de correos.es, rellenando el formulario debidamente y aportando la documentación necesaria. Una vez presentada la solicitud, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, la persona solicitante no podrá votar en la mesa electoral el día de la votación.

Para pedir el voto por vía telemática es necesario que pueda autenticarse y firmar electrónicamente la solicitud, para lo cual la persona solicitante debe disponer de certificado IDCAT, certificado digital o DNI electrónico, y tener instalado en su ordenador el programa AutoFirma.

Ya concluyó el plazo para la solicitud de los que viven temporalmente fuera de España; aquellos que pidieron su voto por correo en plazo ya deben haber recibido la documentación para hacer efectivo el voto, que pueden enviar hasta el día 10 de febrero por correo certificado y urgente.

Entrega del voto para elecciones catalanas

Todos aquellos residentes en España que pidan el voto por correo podrán entregar físicamente los formularios hasta las 14.00 del 12 de febrero en cualquier oficina postal de España. El envío deberá contener el sobre dirigido a la mesa electoral con el certificado de inscripción en el censo electoral y el de la votación, en el que se incluirá la papeleta. Si se envía, siempre, será cursado como correo certificado y urgente, con carácter gratuito en cualquier oficina postal España.

Hay otra posibilidad: hecha la solicitud en plazo, el momento de recibir la documentación electoral en el domicilio, el elector tiene la opción de entregar al empleado postal el sobre dirigido a la mesa electoral conteniendo el certificado de inscripción en el censo electoral y el de la votación, en el que incluirá la papeleta, a cambio de un justificante acreditativo del depósito del voto.

En las elecciones catalanas de 2017 se cursaron 65.339 solicitudes de voto por correo. Se espera que ahora se cuadruplique como mínimo esta cifra.

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