coronavirus

¿Con cuántas personas puedo reunirme los días 24, 25, 31 y 1 de enero?

Con motivo de estas fechas especiales, las reuniones familiares verán incrementadas el número permitido de participantes respecto a la restricción máxima habitual de seis personas.

Mesa de Navidad.
Mesa de Navidad.
Pixabay

Ya se cuentan los días para el arranque de una Navidad diferente, con restricciones y una llamada al esfuerzo de responsabilidad individual para evitar una nueva oleada de casos de coronavirus tras este periodo vacacional. Por parte de las instituciones se va a producir una flexibilización generalizada de las medidas restrictivas. La limitación de movilidad, de aforo, de horarios, toque de queda y número de personas asistentes a las reuniones podría cambiar para las fechas navideñas y, en concreto, para los días festivos y de celebración como Nochebuena y Navidad o Nochevieja y Año Nuevo. En este contexto, muchos españoles se cuestionan cuántos cubiertos se colocarán en las mesas de los días ‘fuertes’ para familiares y “allegados” -término expuesto por Sanidad y controvertido por su carácter genérico-.

Oficialmente, el número máximo permitido para los días concretos del 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero será de 10 personas, salvo que se trate de convivientes, y con los menores de edad incluidos en el cómputo. En estas reuniones se podrán congregar personas de máximo dos grupos de convivencia. Estas fueron las medidas expuestas por el Ministerio de Sanidad del Gobierno de España. En cuanto al resto de fechas, víspera y día de Reyes incluidas, serán las comunidades autónomas quienes marquen oficialmente las pautas restrictivas. La previsión es dar continuidad al límite habitual de máximo seis personas no convivientes. En todo caso, a pesar de la distensión normativa navideña, las recomendaciones continúan siendo las de limitar al máximo el número de personas en las reuniones y evitar juntarse con familiares o allegados no convivientes.

¿A quién se considera "allegado"?

Según explicó el ministro de Sanidad Salvador Illa, 'allegados' son aquellas personas por las que se siente una “afectividad especial”. De acuerdo a la RAE, allegado se refiere a una “persona cercana a otro parentesco, amistad, trato o confianza”. En definitiva, aquellos con los que se mantiene una relación estrecha pese a la falta de su condición de familiar. El presidente del Gobierno de Aragón, Javier Lambán, se mostró crítico con el uso de este término porque en su opinión significa dar “barra libre” para cualquier tipo de encuentro o desplazamiento. Así lo trasladó el equipo de gobierno aragonés al Consejo Interterritorial de Salud celebrado el pasado miércoles.

Sigue la actualidad del coronavirus y las restricciones en Aragón.

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