Los cambios en la fase 1 desde este lunes

Se permiten la apertura de comercios con una superficie útil de exposición y venta inferior o igual a 400 metros cuadrados, las rebajas sin aglomeraciones y la caza y pesca deportiva.

Los pescadores de Mayencos temen denuncias.
La caza y la pesca deportiva se permiten a partir de este lunes.
Mayencos

La orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este sábado suaviza algunas de las medidas de restricción de las zonas de la fase 1 -todo el territorio menos la Comunidad de Madrid, el área metropolitana de Barcelona, parte de Castilla y León y las cuatro islas en fase 2-.

Estas son las principales novedades que entran en vigor este lunes 18 de mayo

Apertura del comercio

Se permite la apertura de locales comerciales y de prestación de servicios asimilados con una superficie útil de exposición y venta inferior o igual a 400 metros cuadrados. En establecimientos con una superficie útil superior, se establece que se pueda acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral.

Rebajas sin aglomeraciones

La orden introduce también una disposición adicional tercera sobre acciones comerciales o de promoción que autoriza a efectuar rebajas en los establecimientos comerciales "acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los límites de aforo, o que comprometan el resto de medidas establecidas" en la orden. De incumplirse estas reglas, agrega esta disposición, los comercios deberán efectuar el "cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción si resultara necesario".

Caza y pesca deportiva

 Se permite la caza y la pesca deportiva y recreativa siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias.  Según la orden, para el desarrollo de la actividad cinegética organizada que implique a más de un cazador, se deberá disponer de un "plan de actuación" por parte del responsable en el que se detallen las medidas de prevención e higiene a observar.  Además, tanto para la caza como la pesca será obligatorio el uso de mascarilla cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida. Tampoco se podrán compartir utensilios de caza o pesca, ni utillaje de comida o bebida.

Asimismo, se deberá limpiar y desinfectar el vestuario después de su uso, de acuerdo con lo previsto (prestando especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes, con desinfectantes autorizados), así como de los utensilios de caza y pesca utilizados.

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