Los daños iniciales del temporal ascienden a ocho millones

Los daños provocados por la crecida del Ebro aún no han sido valorados por las dificultades para acceder a las zonas afectadas.

Los daños iniciales del temporal en el Dominio Público Marítimo Terrestre ascienden a ocho millones de euros, según la valoración inicial realizada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que ha realizado un informe al respecto junto con los departamentos de Interior y Fomento, que ha sido estudiado este viernes en Consejo de Ministros.


En concreto, se están valorando los caños causados en el Dominio Público Marítimo Terrestre, cuyo importe ha superado los ocho millones de euros. El temporal ha afectado especialmente a las zonas costeras de Lugo, Tarragona, Castellón, Valencia, Alicante, Almería, Granada, Cádiz, Baleares y Tenerife.


Las primeras valoraciones también indican que se han producido daños en el Dominio Público Hidráulico, provocados por avenidas extraordinarias en la cuenca del Ebro, en la cuenca del Duero, principalmente en la provincia de León, y en la cuenca del Miño-Sil.


Por otra parte, se han detectado daños en caminos rurales, concretamente en los márgenes del río Ebro, Pirineos y zona cantábrica, aunque precisan que en este caso es prematuro ofrecer una valoración, al igual que en las producciones agrícolas y ganaderas, por las dificultades de acceder a las zonas afectadas. No obstante, la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) pedirá a Agroseguro la máxima celeridad en las peritaciones una vez que remitan las aguas en las zonas inundadas.


En este sentido, las principales producciones afectadas son brócoli, coliflor, alcachofa, habas y cereales, en Navarra; cereal de invierno y forrajes, en Aragón; cereales, en Castilla y León; y algunos frutales, brócoli, espárrago y uva para vinificación, en La Rioja.


Medio Ambiente recuerda que, con carácter permanente, el mecanismo ordinario de atención a damnificados por situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica se contempla en un Real Decreto del 18 de marzo de 2005 que regula las subvenciones que cubren daños personales, materiales y ayudas a Corporaciones Locales en determinadas circunstancias (si se acredita escasez de recursos para hacer frente a los gastos derivados de actuaciones ante situaciones de naturaleza catastrófica), así como a comunidades de propietarios o empresas bajo determinados supuestos.