¿Pueden multar con hasta 100.000 euros si se fotografía el DNI?

La Agencia Española de Protección de Datos sanciona esta mala práctica, como la de fotocopiar el DNI, que hacen algunas instituciones. 

Modelo del nuevo DNI en España.
Modelo del nuevo DNI en España.
H.A.

El Documento Nacional de Identidad (DNI) en España es fundamental para identificar a los ciudadanos y contiene una serie de datos personales que se requieren para realizar cualquier trámite. Es emitido por la Policía Nacional y es común que lo pidan en muchos aspectos de nuestra vida. Por ejemplo, al llegar a un hotel. Lo que también es muy común es cuando lo requieren para fotocopiarlo y esto, en realidad, es una mala práctica, tal y como informa la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). De hecho, esta mala práctica puede implicar en algunos casos una multa de hasta 100.000 euros.

Y es que, la AEPD está en contra de que se pida el DNI por defecto para fotocopiar o fotografiarlo y se ha pronunciado en distintas ocasiones sobre casos en los que se ha solicitado una fotocopia del DNI y bajo la visión del organismo era innecesario. Lo más preocupante es que no solo los hoteles piden el DNI para fotocopiar o solicitan una fotografía, esta práctica también ocurre en algunas instituciones públicas e, incluso, en muchos bancos. 

El objetivo con el que se pide el DNI es claro, lógico y legal: identificar a la persona, pero bastaría con solo enseñarlo (y la persona responsable que apunte los datos), sin emabargo, si se hace una copia se "genera un importante riesgo para la seguridad del ciudadano", según la AEPD

Por qué pueden multar por reproducción no autorizada del DNI 

La Agencia Española de Protección de Datos explica y advierte que en muchos casos se pide una fotocopia del DNI y no es realmente necesario. Cada vez más se ha ido generalizando más esta práctica para hechos tan simples como recibir un paquete en casa, para alojarse en un hotel u otras situaciones comunes. Por este motivo, la AEPD da la alerta y advierte de que se están tratando datos sensibles de las personas que pueden provocar estafas e incrementar la ciberdelincuencia.

La AEPD señala también que "si existen otras medidas menos gravosas que cumplen con el fin de la identificación, lo recomendable es abstenerse de fotocopiar el DNI de una persona". Y es que, "su uso indebido puede tener múltiples efectos desfavorables para el titular de los datos", concluye la AEPD, ya que, lo que se busca es cumplir con el principio de 'minimización de datos'.

Un principio que está recogido en el artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos y hace referencia a que los datos deben ser "adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados". No cumplir con este principio, puede generar multa de miles de euros a las empresas.

En cuanto a las multas citadas, la más alta que se ha impuesto por esta práctica alcanza los 100.000 euros a la empresa de telefonía Orange, quien pagó en marzo de 2023 esta cantidad porque solicitaba una copia de ambas caras del DNI para entregar los paquetes.

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