economía

Cuidado con los préstamos 'online': declaran nulo uno que escondía un interés de más del 800%

Un juzgado de Monzón condena por usura a la entidad que deberá perdonar al cliente la deuda pendiente.

Un joven delante del ordenador, en una imagen de archivo.
Un joven delante del ordenador, en una imagen de archivo.
Pixabay

La época estival suele ser una en las que más sube la solicitud de créditos rápidos para afrontar gastos extraordinarios por las vacaciones. Algunas personas recurren a préstamos que prometen dinero 'fácil', pero que esconden letra pequeña. Un juzgado de Monzón ha reconocido la usura que incluía uno concedido por una entidad financiera que opera exclusivamente por internet y que incluía un interés del 868,82%.

El cliente era un hombre de 36 años que vive en Monzón (Huesca), que recurrió en agosto de 2020 a la entidad Wenance Lending de España S. L., titular de la marca comercial Welp que concede préstamos a través de internet. A esta firma pidió un pequeño crédito de 600 euros, pero que contando los intereses resultaba que tenía devolver 1.110, según el contrato aportado por las abogadas del consumidor, Estela Royo y Carolina García.

En él se indicaba que se comprometía a ir abonándolo en seis cuotas de 185 euros al mes, con unos intereses de tres dígitos. Así, se incluía un TIN (Tipo de Interés Nominal) del 250% y una TAE (Tasa Anual Equivalente) del 868.8154 %.

Contrato nulo

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de la citada localidad oscense, en la sentencia 77/2023 de 2 de mayo, ha declarado "nulo por usurario" el microcrédito, en aplicación del artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura, que califica de usurarios (y por tanto nulos) todos aquellos préstamos cuyos intereses remuneratorios estipulados sean "notablemente superiores al normal del dinero" y "manifiestamente desproporcionados" a las circunstancias del caso. El tipo medio de los préstamos al consumo publicado por el Banco de España  que se utiliza para comparar "rondaba el 7,03% en ese mismo mes y año, evidenciando sin lugar a duda el carácter usurario del contrato", ha recalcado Royo.

Así, la entidad deberá "restituir al prestatario todas las cantidades indebidamente abonadas sumadas al interés legal del dinero", ha señalado Royo. Tras la sentencia el cliente podrá cancelar la deuda pendiente de 498 euros y la entidad le devolverá 12 euros, según los cálculos de las abogadas.

La entidad da la razón al cliente

Durante el proceso, la entidad dio la razón al cliente, y se allanó a sus pretensiones, pero "alegó desde un primer momento su falta de legitimidad pasiva en el proceso, puesto que la deuda del crédito impugnado había sido cedida a un tercero". El dinero que debía el cliente era reclamado desde julio de 2022 por un fondo de recobros, Savia Asset Management.

Sin embargo, la jueza desestimó este extremo porque la entidad que concedió el préstamo sigue siendo "parte en el contrato", ya que fue la que lo suscribió, aunque luego vendiera la deuda para que la cobrara otra firma y porque no aportó ninguna prueba del traspaso a un tercero. "No ha acreditado la cesión o venta del crédito; en consecuencia, difícilmente se la puede excluir del presente proceso", señaló la magistrada en la sentencia.

Las abogadas han explicado que "los microcréditos son un tipo de crédito que se caracteriza por ser cantidades pequeñas a devolver en poco tiempo, por ejemplo 200 euros a devolver en 30 días, sin embargo en muchos de los casos terminan convirtiéndose en un crédito infinito, en cuanto a que ante la imposibilidad de pago, la deuda a devolver se dispara, reclamando hasta el triple o cuádruple de la cantidad prestada”.

El gancho para los consumidores es su concesión "rápida y sencilla" ya que en muchos casos se trata de clientes "con una situación económica adversa, que no les permite acudir a un préstamo más favorable". En estas situaciones estas entidades imponen "unos intereses elevadísimos", han alertado, como en el caso actual.

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