economía

Un zaragozano recupera 31.000 euros de una tarjeta 'revolving' y queda libre de 5.000 de deuda

Pagaba 300 euros al mes, la mayoría para cubrir el 26% de interés anual que escondía el producto.

Cermi Aragón investiga cuánto dinero han sustraído.
El banco debe devolver el dinero cobrado por los intereses abusivos.  
Unsplash

Un zaragozano ha conseguido librarse de una tarjeta bancaria de las llamadas 'revolving', que le ataba a una deuda que no dejaba de crecer. La había firmado en 2009 y en sus condiciones incluía un tipo de interés del 26,82% al año de TAE (tasa anual equivalente).  El juzgado de Primera Instancia número 8 de Zaragoza ha dado la razón al cliente que contrató la tarjeta con Citibank, después Wizink, y ha declarado el contrato "nulo por usura", aunque en 2020 el banco le había rebajado el interés al 21,94%.

En este tipo de casos, uno de los principales puntos es conocer qué referencia se toma para saber si el interés puede ser considerado abusivo. La Ley de represión de la usura señala que "será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso", como recuerda la juez en la sentencia. La juez entiende que este criterio no ha cambiado con la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 4 de mayo de 2022, en la que se fijaba como referencia el tipo medio de estas tarjetas y no el de los préstamos en general. 

La magistrada compara el interés con el de las tablas del Banco de España del año 2009, que reflejaban un TAE máximo para este tipo de créditos al consumo de un 10,43% y concluye que "un tipo del 26,82% debe considerarse usurario".

Préstamo "leonino"

Además, en el fallo se recuerda el "complejo" funcionamiento de estos productos con cuotas reducidas al mes y recarga del límite de las disposiciones, pero intereses remuneratorios desorbitados, que "terminan generando una altísima y desproporcionada carga financiera que hace eterna la deuda, con una amortización mínima". Y se destaca el "desconocimiento del cliente" que termina arrastrando una elevada carga del que denomina "préstamo leonino". Considera que los intereses "desproporcionados" no se justifican "por ninguna suerte de riesgo no controlable ni valorable...". 

Los intereses tan altos hicieron que durante los 12 años que el contrato estuvo en vigor, el demandante dispuso de unos 24.600 euros, pero tuvo que pagar 45.800, según los cálculos de la defensa del zaragozano . "El cliente vino a vernos porque no terminaba nunca de pagarla y le seguían reclamando más de 5.000 euros a pesar de que casi no la utilizaba. Pagaba 300 euros de cuota mensual de los cuales entre 120 y 150 euros eran para el pago de intereses", explica Estela Royo, la abogada zaragozana que ha llevado el caso junto a Carolina García Santos. En cuanto a la rebaja de intereses que había hecho el banco, explica que la entidad dio este paso con más clientes como "estrategia para evitar la interposición de demandas" y la declaración de usura.

Además la abogada explica que "tras presentar reclamación previa y solicitud formal de documentación a la entidad, esta ofreció al cliente un acuerdo extrajudicial de reducción de 2.000 euros de su deuda". Sin embargo, el cliente rechazó la propuesta y dio el paso de presentar la demanda en febrero de 2021. La sentencia estimatoria fue dictada en julio de 2022. El banco alegó que el plazo para demandar habría prescrito, pero la juez sostiene que no es así y marca que el inicio para reclamar el dinero comenzaría a partir de la fecha en la que se dictó la citada sentencia.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión