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Un perito tarda cinco años en cobrar 33.600 euros por "funcionamiento anormal" de la Justicia

El Ministerio reconoce el derecho a una indemnización tras el "desconcierto" que generó la falta de acuerdo entre un juzgado oscense, la DGA y la acusación particular sobre quién debía pagarle.

Juzgados de Huesca.
Juzgados de Huesca.
Rafael Gobantes

Un perito se ha visto envuelto en una situación propia de una novela de Kafka en la que, como uno de los personajes del escritor checo, un día en un proceso de los muchos en los que ha sido requerido, la burocracia le absorbe y se ve inmerso en una situación absurda que hace que un juzgado le encargue un peritaje, que luego nadie se hace cargo de abonarle. A partir de ahí tiene que iniciar un peregrinaje de reclamaciones a las partes, que se pasan la responsabilidad de unas a otras. Y así, durante cinco años.

La situación se ha resuelto mediante una resolución del Ministerio de Justicia. Este ha estimado la reclamación patrimonial que terminó presentando el perito para salir del bucle en el que estaba y en ella se reconoce que se produjo una situación de "funcionamiento anormal" de la Justicia. En el escrito, el ministerio que dirige Fernando Grande Marlaska destaca que "el desconcierto que se desprende de este relato de hechos resulta evidente, igual que lo son las consecuencias dañosas que, de tan anormal proceder, se han derivado".

En total, entre el peritaje pendiente y los intereses, la cantidad a indemnizar es de unos 33.600 euros, ha señalado Irene Romea, del despacho zaragozano García Graells Abogados que ha llevado el caso. Su cliente, que reside en Valencia, "esperaba cobrar este trabajo para jubilarse", explica. Ya ha recibido el dinero tras el periplo vivido.

Cruce de reclamaciones

El profesional fue designado en 2015 por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Huesca, dentro de un proceso penal en el que se aceptó una prueba pericial contable propuesta por la acusación particular, pero se rechazó que el informe fuera emitido por el perito propuesto por ella. Entonces, fue nombrado por el Juzgado Decano, dentro de la lista que hay de profesionales. 

El proceso no siguió adelante porque "las partes llegaron a un acuerdo", señala Romea, ya que se decretó el sobreseimiento provisional en 2016. En ese momento, el perito presentó su minuta de honorarios al juzgado, que la remitió al Gobierno de Aragón y este la rechazó por entender que correspondía a la acusación por haber propuesto la prueba ya que no se cumplían los requisitos para tener derecho de asistencia jurídica gratuita. El juzgado se dirigió a la acusación particular para que pagara, pero esta tampoco se hizo cargo porque no se había elegido a su perito y entendía que tenía que responder la Administración de Justicia. Esto supuso el inicio del cruce de reclamaciones.

El tribunal reclamó de nuevo la minuta a la DGA, esta volvió a decir que era responsabilidad de la acusación particular y a su vez, esta se negó y recurrió a la Audiencia Provincial de Huesca en 2017. Esta última se pronunció para decir que "no se podía reclamar el pago de los honorarios dentro del propio procedimiento penal" porque la parte se opuso al perito designado por el juez y no se impusieron costas en el auto de sobreseimiento que puso fin a la causa penal. Le indicó al perito que podía instar "las acciones que estimase pertinentes".

Tras otra ronda entre las partes, el perito reclamó entonces la indemnización más los intereses ante la entonces subdirección general de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal. La resolución en estos casos corresponde al propio ministro de Justicia, que delega ante el secretario de Estado.

Informe del Consejo General del Poder Judicial

Conforme al procedimiento se solicitó un informe al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que fue emitido en 2019. Este señala que es un caso de funcionamiento anormal de la Administración de Justicia en el que se puede pedir responsabilidad patrimonial. La pandemia de coronavirus en 2020 contribuyó a alargar más la espera del perito. "No puede ser que un expediente de 2017 se resuelva en 2021", se queja la abogada, que lo achaca también a la falta de medios en los juzgados.

La resolución del ministerio ha llegado en mayo de este año. En ella se afirma que el profesional "quedó totalmente desasistido en su derecho al cobro" en el seno del proceso para el que se le encargó el peritaje. Se refiere al bucle burocrático en el que se vio inmerso. Relata cómo tras una "sucesión de requerimientos y negativas al pago de su minuta", lo único que consiguió de los órganos judiciales que intervinieron fue "una simple invitación a que interpusiera 'las acciones que estime convenientes ante quien corresponda', sin mayor concreción ni identificación, y siempre, además, bajo su exclusiva responsabilidad". 

Por todo ello, considera que, en este caso se ha dado un "funcionamiento anormal de la Administración de Justicia" que ha causado un perjuicio al reclamante "que no tiene el deber jurídico de soportar". Se cumplirían los requisitos de relación de causalidad directa entre la lesión producida (el impago de la minuta) y el referido funcionamiento anormal. En estos supuestos de errores de la Administración, no solo de la de Justicia, el plazo para reclamar una indemnización es solo de un año.

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