economía

El Gobierno, por prohibir el despido por no estar preparado o no adaptarse al teletrabajo

El borrador del anteproyecto de ley de trabajo a distancia excluye del teletrabajo a empleados de 16 y 17 años, a los contratos de aprendizaje, de formación y en prácticas.

Los millennial están más acostumbrados al teletrabajo.
Los millennial están más acostumbrados al teletrabajo.
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El Gobierno de Pedro Sánchez quiere proteger a los empleados contra el despido aunque no se adapten al teletrabajo, no sean aptos para el mismo o se nieguen y quieran volver a la oficina, tal y como se recoge en el último borrador que ha abordado con los sindicatos y la patronal sobre el anteproyecto de ley de trabajo a distancia. Según ha adelantado este jueves 'Expansión', la propuesta del Ejecutivo sobre esta norma excluye del teletrabajo a los empleados de 16 y 17 años, a los contratos de aprendizaje, de formación y en prácticas.

Así en el artículo 4 del citado texto se recoge que en ningún caso "serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral" la negativa de la persona trabajadora "a trabajar a distancia, su falta de adaptación o la ineptitud, inicial o sobrevenida, relacionadas directamente con esta fórmula de ejecución de trabajo, o el ejercicio de su derecho a regresar a la modalidad de trabajo presencial".

Al detalle

Asimismo, la norma señala, como avanza el diario económico, que el trabajo a distancia será "voluntario" tanto para el empleado como para la empresa. Asimismo, requerirá de la firma de un acuerdo de trabajo a distancia y, en su caso, del convenio colectivo.

Además, en esa propuesta se incluye que las compañías no podrán contratar para teletrabajo a quienes tengan entre 16 y 17 años ni a los empleados en aprendizaje, formación y en prácticas. El Gobierno mantiene también que la empresa deberá "sufragar o compensar en su totalidad" al trabajador por los costes del desarrollo de su empleo a distancia y tendrán derecho a que la compañía les proporcione los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo del mismo.

En este punto, el convenio del sector o de la empresa establecerá la cuantificación de la compensación del trabajador y la manera de pagarlo.

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