Economía

El Ministerio también amplía su lucha contra el fraude y obliga a las comunidades declarar gastos

Deberán rellenar el modelo 347 informando de pagos superiores a 3.005 euros a lo largo de 2014.

El Ministerio también amplía su lucha contra el fraude y obliga a las comunidades declarar gastos
HA

Hacienda continúa su 'cruzada' para erradicar el fraude en cualesquiera transacciones de dinero que se hagan en España. El Gobierno ha decidido aumentar el control económico y financiero de las comunidades de vecinos de todo el país. Este mes de febrero las vecindades deberán declarar a través de modelo informativo todas las operaciones superiores a 3.005 euros que realizaran a lo largo del año pasado a una misma persona o entidad.


Hasta ahora solo tenían obligación de declarar gastos e ingresos las comunidades que desarrollaran algún tipo de actividades empresarial o profesional. Por ejemplo, aquellas que tienen vallas publicitarias instaladas en las fincas o antenas de telefonía móvil dispuestas en la azotea.


El nuevo marco regulatorio introducido por un Real Decreto publicado en octubre de 2013 extiende esta obligatoriedad de declaración a todas las comunidades a través del modelo 347. El texto legal establece que todas las vecindades deberán dar cuenta de las operaciones realizadas en 2014 durante el mes de febrero de 2015. El fin de esta nueva obligación tributaria no es otro que controlar el flujo de dinero que se mueve en este ámbito.


Este nuevo mecanismo implantado por Hacienda, que tan solo tiene efectos informativos, operará como una suerte de declaración del IRPF de las comunidades, donde se reflejarán todos sus ingresos y sus gastos de forma anual.


El Consejo General de Colegios Administradores de Fincas de España (CGCAFE) valoró esta nueva medida como “muy positiva” y afirmó que con ella se daba respuesta a una demanda histórica del sector. El modelo 347, según el CGCAFE, beneficia la “transparencia” y la “máxima garantía de lucha contra el fraude fiscal”.

¿Qué se debe declarar y cómo?

En el modelo deben incluir todos los pagos a terceros ajenos a la comunidad que durante el ejercicio económico hayan superado la cantidad de dinero referida. No se tendrán que declarar los gastos en energía eléctrica y otro tipo de suministros como gas o agua. Tampoco deben declararse los ingresos a favor de la comunidad que resulten del alquiler de una vivienda propiedad de la comunidad porque están exentas de IVA. Sí que habrá que dar cuenta de pagos para cubrir reformas en las fincas, gastos de jardinería o nóminas de los empleados si es que los hay. 


Es importante señalar que se informará de las operaciones no de forma trimestral, sino teniendo en cuenta el cómputo anual.


La Agencia Tributaria lo explica con un caso práctico en su página web. “La comunidad de propietarios H no desarrolla ninguna actividad empresarial o profesional. A lo largo del ejercicio 2014 se han hecho reformas en las zonas comunes por importe de 20.000 euros. Además los gastos de combustible correspondientes al ejercicio 2014 ascienden a 40.000 euros. ¿Cómo ha de informarse de estas operaciones en la Declaración?”


En la declaración de operaciones solo deben incluirse los gastos de la reforma con la clave de operaciones 'A'. “Por los gastos de combustible no deberá informarse, ya que se excluye de la obligación de informar por operaciones de suministro de energía eléctrica, agua y combustibles siempre que su destino sea el uso y consumo comunitario. También se excluyen las operaciones derivadas de seguros cuyo objeto sea el aseguramiento de bienes y derechos relacionados con zonas y elementos comunes”, aclara el organismo dependiente de Hacienda.