SD Huesca

El juez rechaza archivar la causa contra la SD Huesca, de momento

El magistrado Ángel de Pedro mantiene la causa que implica a la entidad azulgrana en la Operación Oikos amparándose en que aún no está levantado el secreto de las actuaciones y en que todavía es pronto.

El nuevo consejero delegado, Manuel Torres, atiende a los medios en el Palacio de Justicia.
El nuevo consejero delegado, Manuel Torres, atiende a los medios en el Palacio de Justicia.
Pablo Segura

La SD Huesca sigue sin estar desligada de la Operación Oikos. A pesar de que desde los servicios jurídicos del club se era optimista al respecto, el juez Ángel de Pedro, que instruye la investigación, ha decidido desestimar la petición de sobreseimiento, al menos, por el momento. Entre las razones que se esgrimen en la resolución figura que las actuaciones aún están bajo secreto, que aún no se ha dictado ninguna resolución de imputación judicial provisional y que la entidad azulgrana se habría precipitado al presentar en el mismo día, el 31 de mayo, un escrito en el que pedía su declaración voluntaria y el archivamiento libre de las actuaciones.

En su escrito, el magistrado del juzgado de instrucción número 5, apunta a que en breve será levantado el secreto de sumario. De este modo, emplaza a la SD Huesca a que entonces, cuando pueda tener conocimiento de lo actuado, pueda ser oída y formular las alegaciones que la desvinculen de la instrucción.

La decisión de solicitar el sobreseimiento se produjo a raíz de las declaraciones que el fiscal jefe de Huesca, Juan Baratech, realizó el pasado 30 de mayo después de que se tomase declaración a los investigados en la trama de amaños de partidos, en las que afirmó que el club “podría ser incluso el primer perjudicado”.

La SD Huesca se encuentra siendo investigada como personalidad jurídica por su posible responsabilidad penal y en virtud del artículo 31 bis del Código Penal, según el cual “las personas jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o por aquellos que actuando individualmente o como integrantes de un órgano de la persona jurídica, están autorizados para tomar decisiones en nombre de la persona jurídica u ostentan facultades de organización y control dentro de la misma”.

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