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Mascarilla obligatoria en espacios cerrados, aforos del 30% y limitaciones de movilidad: así es el protocolo para la vuelta del deporte en Aragón

Según la DGA, las competiciones estarán condicionadas por las limitaciones de movilidad territorial y de horario que rijan en cada momento debido a la pandemia sanitaria. En los menores de 16 años, solo el padre o la madre podrá acceder a los recintos.

REPORTAJE SOBRE DEPORTE DE BASE Y AMATEUR BALONCESTO EN EL PABELLON DEL MIRALBUENO OLIVAR DE ZARAGOZA / 22-01-2021 / FOTOS: FRANCISCO JIMENEZ[[[FOTOGRAFOS]]][[[HA ARCHIVO]]]
El deporte base vuelve en febrero.
francisco jiménez

El deporte aragonés ya conoce desde este miércoles las reglas básicas para su regreso, programado en las competiciones individuales este fin de semana y en las colectivas a partir del sábado 27. Se las transmitió, de primera mano, la Dirección General de Deportes en una reunión telemática, en la que les facilitó las líneas maestras del protocolo elaborado por Sanidad y que se traducirá en una orden que entrará en vigor a las 00.00 del día 20 de febrero y que será publicada hoy mismo en el BOA. El protocolo tiene cinco líneas maestras: la mascarilla será siempre obligatoria en recintos cerrados y en abiertos para menores de 16 años; los deportistas estarán regulados por las limitaciones de movilidad territorial y de horario que rijan en cada momento en Aragón; se permitirá un aforo máximo del 30%; no estará permitido el consumo de comida y bebida en los recintos y los vestuarios no podrán superar el 50% de su aforo.

Este protocolo será la norma máxima en todas las competiciones oficiales de ámbito autonómico, los Juegos Deportivos en Edad Escolar, los Campeonatos Universitarios de Aragón y las organizadas directamente por la Dirección General de Deporte.

La orden que publicará Salud Pública del viernes al sábado establece que estos campeonatos estarán condicionadas por las limitaciones de movilidad territorial y de horario que rijan en cada momento debido a la pandemia sanitaria. Es decir, actualmente los partidos y los entrenamientos no se podrán programar más allá de las 20.00 entre semana y de las 18.00 en el fin de semana. En este sentido, el deporte aragonés también está pendiente hoy del posible desconfinamiento perimetral de Zaragoza, que permitiría entonces los enfrentamientos entre los equipos de la provincia.

La mascarilla, uno de los puntos más conflictivos del protocolo (muchos deportistas defienden que la práctica de cualquier disciplina con ella es inviable), se ha resuelto por Sanidad de un modo rotundo: será obligatoria para todos en espacios cerrados y para menores de 16 años en deporte al aire libre. Solo será recomendable –no obligatoria– para mayores de 16 años al aire libre y para aquellos deportes individuales que se disputen bajo techo y pero que no tengan contacto físico.

Limitaciones de aforo

En cuanto al aforo, se permitirá la presencia de público del equipo local en el terreno de juego, con un aforo máximo del 30% de la capacidad total del espacio, sin que pueda superarse en ningún caso la presencia de 300 personas sentadas en lugares cerrados o de 500 personas sentadas en instalaciones al aire libre. Además, siempre se deberá garantizar la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros. Esta medida de aforos sí se aplicará a todas las competiciones (excepto Primera y Segunda División de fútbol y ACB). Es decir, podrá entrar un 30% del aforo máximo también en Segunda B y Tercera de fútbol, Voleibol Teruel, Asobal de balonmano...

Estos aforos señalados, eso sí, no serán aplicables a las competiciones o eventos de menores de 16 años, en las que está prohibida la presencia de público, con excepción de la persona –una– que acompañe de manera necesaria a los deportistas por razones de edad o cualquier otra circunstancia que lo exija. De este modo, solo el padre o la madre del menor podrá acompañar a su hijo al partido.

Será competencia del responsable de la instalación establecer sistemas que permitan realizar los pertinentes controles de aforo, pudiendo ser requerida la información por parte del personal inspector competente, así como por los agentes de la Policía Local y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Por otra parte, el uso de vestuario y duchas estará solo permitido a los equipos desplazados desde otra localidad. Es decir, si el encuentro se disputa en la misma ciudad o pueblo, no se podrán emplear. Además, el uso de los vestuarios no podrá superar el 50% de su aforo, debiendo contar para su uso con la autorización del titular o responsable de la instalación, al que corresponderá la obligación de su limpieza y desinfección tras cada uso. La utilización de duchas deberá ser siempre de uso individual.

Bares y alimentación

Por su parte, los establecimientos de hostelería y restauración ubicados en los recintos deportivos en los que se celebren competiciones oficiales autonómicas desarrollarán su actividad con sujeción a las normas establecidas en cada momento, con carácter general, para dicho tipo de establecimientos. Es decir, siguiendo los protocolos del marco general de Sanidad en cuando a aforos, consumiciones en interior o barras... En todo caso, de momento no estará permitido el consumo de comida y bebida en los pabellones o recintos deportivos, salvo el realizado en las mesas de los citados espacios exteriores.

Las competiciones deportivas –las individuales pasado mañana y las colectivas el 27– se iniciarán con estas condiciones, pero la propia orden afirma que podrán flexibilizarse en el caso de que mejorara la situación general. Antes del arranque de la competición, en todos los casos se deberá remitir a la Dirección General de Deportes para su aprobación el calendario y las condiciones específicas para su desarrollo. En este sentido, todas las competiciones tendrán que contar con la aprobación de la DGA.

Además de las medidas previstas en esta orden, que entrará en vigor a las 00.00 del día 20, serán de aplicación, en lo que no se opongan a las mismas, las medidas adicionales higiénico-sanitarias contenidas en el anexo III de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, de aplicación a actividades, instalaciones y competiciones, eventos o espectáculos deportivos. En el caso de que el titular del centro o la instalación no pueda garantizar el cumplimiento de estas medidas, podrá denegar la celebración de la competición o entrenamiento.

Así, este protocolo se presenta como un añadido más a todas las normativas ya existentes en materia deportivo-sanitaria. Además, siempre serán las federaciones deportivas las que decidan si reinician sus torneos y competiciones atendiéndose a estos criterios. En ningún caso, están obligadas a recuperar sus actividades en contra de su voluntad. La orden será publicada este jueves en el BOA y entrará en vigor a las 00.00 del día 20, cuando ya podrá regresar el deporte individual.

Dani Álvarez

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