Cuatro años de cárcel para un joven por violar a una amiga en una fiesta en Zaragoza

La Audiencia Provincial de Zaragoza le impone la pena mínima por un delito de violación que se produjo en agosto de 2021.

Audiencia Provincial de Zaragoza.
Audiencia Provincial de Zaragoza.
Guillermo Mestre

La Audiencia Provincial ha condenado a cuatro años de cárcel a un joven de 20 por agredir sexualmente a una amiga durante una fiesta en un chalé en agosto de 2021 en Zaragoza. El tribunal considera probado que el acusado, G. G. H., introdujo su pene por la fuerza en la boca de la joven y, ante la negativa de esta a hacerle una felación, trató de penetrarla vaginalmente, lo que no consiguió por la resistencia de la víctima, que logró zafarse de él. La chica salió del baño en el que estaban con un ataque de ansiedad y se dirigió hacia sus amigas a la vez que gritaba "yo no quería follar".

Los hechos se produjeron en agosto de 2021. En esa fecha el acusado tenía 18 años. Junto con otros jóvenes, chicos y chicas, habían salido de fiesta y, ya en la madrugada del día 7, fueron a la casa de la familia de uno de ellos. Una vez allí, la mayoría se quedó en ropa interior para bañarse en la piscina de la vivienda.

En un momento dado, G. G. H. se acercó a la víctima por detrás y arrimó su cuerpo al de ella, sin que la joven reaccionara. Poco después, la chica vio al acusado entrar en una caseta con una amiga, lo que la disgustó y comenzó a llorar. Cuando el procesado se enteró acudió a consolarla, la abrazó y el asunto, aparentemente, quedó zanjado. Pero no fue así ya que instantes después, el joven volvió a dirigirse a ella, la agarró por los hombros y la llevó a un baño de la zona del jardín, donde se besaron.

La sentencia recoge que la víctima en ese momento no mostró oposición, si bien cuando el joven sacó su pene e intentó que ella lo agarrase, la chica lo rechazó. A pesar de ello, volvió a intentarlo y ella trató de salir del habitáculo sin conseguirlo porque la empujó hacia abajo por los hombros para que le hiciera una felación. Ante la resistencia de la joven, intentó penetrarla, pero no lo logró porque pudo abrir la puerta y marcharse.

El acusado negó todo lo anterior y su defensa trató de desacreditar la credibilidad de la víctima atribuyendo el relato al enfado por el episodio con la amiga. El tribunal entiende que aunque es cierto que se produjo ese enfado y que luego estuvo hablando con el acusado, lo que ocurrió después también es verdad, ya que su testimonio fue corroborado por las cuatro testigos a las que contó lo que le había pasado nada más salir del baño. Las cuatro constataron que estaba muy alterada y que cuando G. G. H. salió tras ella lo primero que dijo, sin que nadie le pidiera explicaciones, es que no había hecho nada.

El único que declaró que no había oído gritar, ni llorar ni pedir ayuda a la víctima fue un amigo del acusado. Este joven manifestó que él fue a apagar la luz del baño, los vio hablando normal, el uno frente a otro, y que les dijo que salieran. Para el tribunal, su testimonio es "intrascendente" y sin virtualidad alguna como prueba de descargo, además de totalmente contradictorio con la "unánime" versión de la víctima y demás testigos, "estás sí, totalmente creíbles".

El joven se enfrentaba a penas de entre ocho y doce años de prisión y el tribunal le impone cuatro dado que, a pesar de la gravedad, todo transcurrió en un espacio temporal de aproximadamente cinco minutos, las penetraciones duraron segundos y la joven no sufrió lesiones físicas. Además de la pena de prisión, no podrá acercarse a la chica por un periodo de seis años y, una vez cumplida la pena, estará cinco años más en libertad vigilada. El fallo puede ser recurrido. 

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