Ayuda de 400 euros para jóvenes de menos de 35 años para emanciparse: requisitos y cuándo solicitarla

La ayuda supone un pago único por vivienda y será compatible con cualquier otra ayuda económica para la misma finalidad.

Todas las ayudas que pueden pedir los jóvenes para el alquiler en 2023
Todas las ayudas que pueden pedir los jóvenes para el alquiler en 2023
Eduardo Parra / Europa Press

El Ayuntamiento de Zaragoza lanza, por segundo año, las ayudas a la emancipación. El Consejo de Administración de Zaragoza Vivienda ha aprobado la nueva convocatoria gracias a la cual, los jóvenes, menores de 35 años, podrán solicitar 400 euros para cubrir los gastos iniciales de la puesta en marcha de una vivienda en alquiler.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el próximo 1 de septiembre de 2023 y finalizará el 31 de mayo de 2024 o, en su caso, hasta que se agote la partida presupuestaria. La ayuda supone un pago único de 400 euros por vivienda y será compatible con cualquier otra ayuda económica para la misma finalidad, han especificado desde el Ayuntamiento de la capital aragonesa.

En la anterior convocatoria, un total de 470 jóvenes se beneficiaron de este programa. Por barrios, en los que más solicitudes se registraron fueron Casco Histórico y Delicias, con 81 en cada uno, lo que representa un 17,23 por ciento; seguido de San José con 55; Torrero 42; El Rabal 41; Las Fuentes 36; Centro 34; Universidad 33; Sur 18; Actur-Rey Fernando 15; Oliver-Valdefierro 11; La Almozara 10; Casablanca 4; Casetas 4; Garrapinillos 1; Juslibol-El Zorongo 1; Montañana 1; Monzalbarba 1; y Movera 1.

Los requisitos para beneficiarse de la ayuda son los siguientes: Tener una edad igual o inferior a 35 años; que la vivienda objeto de arrendamiento esté situada en el municipio de Zaragoza y no contar con una en propiedad en el mismo término municipal; ser titular del contrato de arrendamiento de vivienda para el que solicita la ayuda y haber formalizado dicho contrato a partir del 1 de enero de 2023; y estar empadronado en dicha vivienda.

Por otra parte, los ingresos de la unidad de convivencia y/o titulares del contrato de arrendamiento no pueden superar los 31.200 euros; tampoco tener parentesco, en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad, con quien arrienda la vivienda ni podrá ser socia o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador; y no se admitirán los alquileres de uso distinto del de vivienda, como los de temporada o habitación, ni los contratos de subarrendamiento.

La renta mensual del contrato de arrendamiento no puede superar la cantidad de 600 euros, excluidos los anejos y gastos de comunidad. La presentación de la solicitud se hará preferentemente online a través de la Plataforma digital de Ayudas, 'https://www.fomentoalquilerjovenes.es/', desde donde deberá cumplimentarse la solicitud general y adjuntarse en formato PDF la documentación requerida. Deberá firmarse electrónicamente a través de 'wallet ID'.

La información, detalles de requisitos, obligaciones, documentación en formato digital a presentar junto a la solicitud y cómo hacerlo pueden consultarse en la página web: 'https://www.fomentoalquilerjovenes.es/'.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión