A qué hora hay que regar las plantas en Zaragoza para que no te multen con 750 euros

La normativa de limpieza de la capital aragonesa entrará en vigor el 23 de junio y endurece las sanciones actuales ampliando las obligaciones ciudadanas.

Regar las flores de las ventanas y balcones pueden conllevar multa
Regar las flores de las ventanas y balcones pueden conllevar multa
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El 2 de junio el Boletín Oficial de la Provincia (BOPZ) publicó la nueva ordenanza de limpieza viaria y de gestión de residuos domésticos del Ayuntamiento de Zaragoza que entrará en vigor el día 23 y que penalizará gestos como tirar colillas al suelo, no limpiar los orines de los perros o pintar grafitis en las paredes. El endurecimiento de algunas sanciones desató las quejas de los grupos de la izquierda en el Consistorio, en especial por la prohibición de tender ropa mojada y regar las plantas "ensuciando la vía pública o provocando molestias". 

La norma restringe el horario para limpiar balcones y terrazas a la franja horaria comprendida entre las 22.00 y las 8.00 para evitar que la suciedad o el agua acaben encima de los transeúntes. El artículo 11 de la norma explica que esta prohibición se mantiene en el articulado "por su especial repercusión en el ornato e higiene de la ciudad". La ley no permite a los zaragozanos: 

  • Tender ropa mojada o cualquier elemento textil o regar plantas ensuciando la vía pública o produciendo molestias. El horario para la limpieza de balcones y terrazas, así como el riego de las plantas instaladas en los mismos, será desde las 22.00, hasta las 08.00.

A cuánto asciende la sanción si riegas fuera de hora

Los objetivos de la nueva ordenanza, según el equipo de Gobierno de la ciudad, son mejorar la calidad de vida de los zaragozanos, modernizar el servicio de limpieza, adecuar la norma a los cambios sociales de los últimos años, de esta forma establece tres tipos de sanciones y tres niveles de gravedad que se endurecerán en función del daño ocasionado. Por tanto regar, tender ropa o limpiar los balcones fuera del horario marcado por el Consistorio se sancionará con una multa de 50 a 750 euros al ser una infracción leve.

Según indica la norma, la multa por estas sanciones aumentará según el grado de afección y puede llegar hasta los 750 euros si se detecta intencionalidad por parte del infractor o reiteración en las acciones o si "la naturaleza de los perjuicios causados y la irreversibilidad de los daños o deterioros producidos" es importante.

La reincidencia del delito elevará la cuantía de la multa: "Si se comete en el término de año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme", las penas serán mayores.

  • a) Mínimo: cuando no concurra circunstancia alguna que agrave la responsabilidad del infractor.
  • b) Medio: cuando concurra alguna circunstancia que agrave la responsabilidad del infractor.
  • c) Máximo: cuando concurra más de una circunstancia agravante.
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