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La Audiencia de Zaragoza firma la primera excarcelación de un violador al que rebaja la pena de 12 a 7 años

Fue condenado en 2011 por agredir sexualmente a una mujer a la que engañó haciéndose pasar por Policía Local y la llevó en su coche a la ribera del Ebro.

Jalal Aarabou, el 18 de mayo de 2011, cuando fue juzgado en la Audiencia de Zaragoza. Aránzazu Navarro/Heraldo
Jalal Aarabou, el 18 de mayo de 2011, cuando fue juzgado en la Audiencia de Zaragoza. Aránzazu Navarro/Heraldo
A.NAVARRO/Heraldo

Jalal Aarabou debería salir ya de la cárcel en la que cumple una condena de 12 años por violar a una mujer en Zaragoza. La aplicación de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del ‘Solo sí es sí’, ha obligado a la Audiencia Provincial de Zaragoza a revisar la sentencia, a petición del acusado, y de acuerdo a la nueva redacción de los artículos del Código Penal, ha rebajado de 12 a 7 la condena. Esto implica su puesta inmediata en libertad, salvo que esté cumpliendo otra pena por causa distinta.

Hay que señalar, no obstante, que a pesar de tan abultada rebaja, a efectos prácticos el violador lleva cumplidos casi ya los 12 años, pues ingresó en prisión en abril de 2011, es decir, hace 11 años y diez meses. Esta circunstancia, unida al efecto retroactivo que tienen las leyes penales si benefician al reo, podría abrir la puerta a que Jalal Aarabou planteara una reclamación a la Administración en busca de una indemnización, tal y como explicaron ayer fuentes jurídicas.

El agresor cometió la violación en noviembre del año 2000 en la capital aragonesa. Sin embargo, el agresor no pudo ser juzgado hasta mayo de 2011, ya que estuvo en paradero desconocido durante ocho años. Después, aprovechó las tres ocasiones en que el juzgado instructor lo dejó en libertad provisional para desaparecer y no comparecer ante la Justicia. Finalmente, fue la Audiencia Provincial de Zaragoza la que ordenó su busca y captura en abril de 2009 y no fue apresado hasta abril de 2011 en Tortosa (Tarragona).

Los magistrados de la Sección Tercera declararon probado que Jalaal Aarabou, entonces de 25 años, circulaba en su turismo por la calle de Salvador Minguijón, en Las Fuentes, y abordó a una mujer de 55 que caminaba por la acera y a la que no conocía de nada. Eran las 20.15 de un día lluvioso y el hombre se dirigió a ella con familiaridad diciéndole: "Corazón, que te has mojado" y la invitó a subir al coche añadiendo, mientras le mostraba una placa y un carné de Policía Local: "Sube que te llevo a casa".

La mujer, en la creencia de que era una persona conocida (ella, esposa de policía nacional, se confió porque el hombre tenía cierto parecido físico con otro agente y pensó que era compañero de su marido) se montó en el turismo confiada. Acto seguido, el individuo aceleró, cruzó el centro de la ciudad y la llevó hasta el puente de Santiago. Amenazándola con unas tijeras que le puso en el cuello, la obligó a bajar hasta la orilla y la violó. En un momento de descuido, mientras el agresor se vestía y recogía sus efectos personales, la víctima logró arrebatarle la placa, el carné de policía y una de las hojas de la tijera, salió corriendo y cogió un taxi que pasaba en ese momento por allí. Esa misma noche presentó denuncia ante la Policía y fue atendida en el hospital de las lesiones sufridas, tanto físicas como psíquicas.

Durante el juicio se demostró que la identificación policial se la había sustraído días antes a su cuñado, con quien compartía domicilio, y había puesto una foto suya en el carné.

El Código Penal vigente en ese momento sancionaba la conducta del acusado (violación con uso de instrumentos peligrosos) con penas de 12 a 15 años y el tribunal optó por imponerle 12, es decir, la mínima dentro del arco permitido. En la actual redacción, el texto legal establece una horquilla para el mismo delito de 7 a 15 años. Los magistrados de la Sección Tercera explican en su auto que, si teniendo en cuenta las circunstancias que concurrían en este caso en su día se le impuso la menor, el criterio a aplicar en la revisión de la sentencia tiene que ser ahora el mismo. Y como en la nueva ley se ha reducido la mínima de 12 a 7 años, debe ser esta última la que se aplique.

La Fiscalía y la acusación particular se opusieron a la revisión solicitada por Jalal Aarabou. Ahora pueden presentar recurso de súplica ante la Audiencia Provincial. No obstante, el hipotético recurso no impide que se lleve a efecto lo acordado por los magistrados y el reo ya ha quedado libre por esta causa.

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