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El TSJA se niega a rebajar la pena de cárcel a un padre que abusó de su hija en Zaragoza

El tribunal da total credibilidad al relato de la menor, que tenía 10 años cuando ocurrieron los hechos y no habló de ellos a su madre hasta que cumplió los 14.

El acusado, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
El acusado, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
Guillermo Mestre

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha confirmado la condena a dos años de prisión para un hombre que abusó sexualmente de su hija cuando la niña tenía 10 años. La Audiencia de Zaragoza consideró probado que el acusado, durante un fin de semana que la menor pasaba con él, ya que los padres estaban separados, llegó al piso en estado ebrio y la sometió a tocamientos. Esto ocurrió en una ocasión y a partir de entonces la conducta de la niña cambió radicalmente, puesto que no quiso volver a casa de su padre y empezó a tener problemas para relacionarse en el colegio. Además, entre los 12 y los 14 años, cuando la Fiscalía conoció y denunció los hechos, la menor tuvo varios intentos de suicidio.

El hombre (cuya identidad se omite para proteger a la víctima) se enfrentaba a una pena de cuatro años por un delito de abusos sexuales a una menor de 16 años con la agravante de prevalimiento. Sin embargo el tribunal de la Sección Primera lo condenó a dos, lo que evitará su entrada en prisión, ya que le aplicó las atenuantes de embriaguez y reparación del daño tras adelantar los 2.000 euros que la Fiscalía y la acusación, a cargo de la abogada Laura Vela, solicitaban por daños morales.

El hecho ocurrió un sábado del verano de 2015. La chica se había quedado sola en casa y su padre llegó bebido y con una cerveza en la mano. Comenzó a hablarle mal de su madre y a decirle que ningún chico la merecía y que él la cuidaría. Luego, le hizo tocamientos por encima de la ropa y la niña se puso a gritar, momento en que el acusado cesó en su actitud, se echó a llorar y le pidió perdón. La víctima no contó nada hasta 2019. Primero se lo dijo a su madre, a la que explicó que no quería denunciarlo. Pero en diciembre de 2019, la Policía Local encontró a la chica en la calle de noche y en estado de embriaguez. Entre las explicaciones que dio a su estado, como que no quería vivir, dijo que su padre había abusado de ella.

La Audiencia dio total credibilidad a la menor y condenó al acusado. Su abogado, José Cabrejas, recurrió el fallo ante el TSJA alegando que la chica había inventado el relato para justificar su comportamiento irregular y los problemas de conducta que presentaba en la adolescencia. Pero el tribunal razona que, según las pruebas periciales, esos problemas más bien podrían tener su origen en el abuso que sufrió y no a la inversa.

Una "reparación moral"

Admiten los magistrados que existen algunas contradicciones, pero entienden que no afectan al elemento esencial del relato, sino a aspectos accesorios que no atañen a los demás elementos de prueba. La sentencia recoge que la prueba pericial psicológica resalta que la falta de una «completa concordancia es un elemento de corroboración», en tanto que no se da en una declaración «memorizada o inventada». El letrado solicitó también que se aplicara la atenuante de reparación del daño como «muy cualificada» para rebajar más la pena, pero el tribunal mantiene que en los delitos que no son meramente patrimoniales, como es el caso, no basta con la reparación económica total o incluso generosa del daño, sino que exige un plus, una «reparación moral» más allá del pago de la responsabilidad civil».

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