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Ley del 'solo sí es sí': un joven abusador, primer beneficiado por la revisión de penas en Aragón

La Audiencia de Zaragoza le reduce nueve meses la condena de diez años y medio que le impuso por aprovecharse hasta cuatro veces de una menor de 13 años.

El acusado, Marlon Joel Ponce, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
El acusado, Marlon Joel Ponce, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
José Miguel Marco

Los jueces de la Audiencia de Zaragoza fueron los primeros de España en unificar criterio y anunciar en noviembre que revisarían de oficio todas las sentencias firmes afectadas por la nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como ley del ‘solo sí es sí’. Y las consecuencias no han tardado en llegar, ya que la Sección Tercera dictó ayer un auto que convierte a un joven de 29 años en el primer beneficiado por una rebaja de condena en Aragón. Se trata de Marlon Joel Ponce, en prisión por abusar de una chica de 13 años, hija de su cuñado, hasta en cuatro ocasiones. El tribunal le impuso una pena de diez años y medio el 23 de junio de 2020, un castigo que ahora se verá reducido en nueve meses.

El presidente de la Audiencia Provincial, Alfonso Ballestín, explicó en su día que se atenderían primero las peticiones expresas de revisión formuladas por los abogados o los propios condenados, para proceder después al análisis de oficio del resto de resoluciones afectadas. Según ha podido confirmar HERALDO, esta primera revisión favorable fue instada por la defensa de Marlon Joel Ponce, pronunciándose en contra de la rebaja tanto la Fiscalía como la acusación particular.

A la hora de pronunciarse sobre este caso, el presidente de la Sección Tercera y ponente del auto, el magistrado José Ruiz Ramo, recuerda que la ley del ‘solo sí es sí’ «no establece normativa alguna en relación con la revisión de las sentencias firmes, ni hace referencia alguna al régimen transitorio aplicable para la nueva norma». Siendo un hecho «indudable», destaca, que la regulación actual introduce una reducción de los límites mínimo o máximo de las penas a imponer. Por lo tanto, considera el tribunal que es de aplicación el artículo 2.2. del Código Penal, que establece la retroactividad de las leyes penales que favorezcan al reo.

El joven de origen hondureño abusó sexualmente de la víctima en más de una ocasión, por lo que fue condenado por un delito continuado. Al hacerlo, se le debía imponer un castigo dentro de la mitad superior de la pena, que en la normativa anterior oscilaba en una horquilla de entre 10 y 12 años. Sin embargo, con la última revisión del Código Penal, ese tramo se ha visto reducido a entre 9 y 12 años. De ahí que la Audiencia Provincial haya tenido que atender la petición y rebajar en nueve meses la condena.

El propio Marlon Joel Ponce llegó a admitir en el juicio que había mantenido relaciones sexuales con la menor, aunque matizó que solo fue una vez y porque la niña lo «provocó». La menor lo negó e insistió siempre en que le había dejado claro al acusado que no quería practicar sexo con él. En su sentencia, los magistrados otorgaron plena credibilidad al relato de la víctima, descartando también que esta pudiera actuar por motivos espurios.

Además de la pena de prisión, que ahora se ha visto revisada a la baja, la Audiencia de Zaragoza impuso al condenado siete años de libertad vigilada y una indemnización de 9.000 euros por los daños morales. El fallo establece además que, cuando haya cumplido la dos terceras partes del castigo, el joven sea expulsado del país durante nueve años, ya que nació en Honduras y residía en España de manera irregular.

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