sucesos en zaragoza 

Absuelto el repartidor que siguió en ruta tras atropellar y matar a un joven en Ejea

El conductor dijo a su jefe que había arrollado a un ciervo para justificar los graves daños del furgón. El peatón caminaba sin reflectantes y pudo invadir la calzada

La Guardia Civil localizó la furgoneta causante del atropello mortal en un taller.
La Guardia Civil localizó la furgoneta causante del atropello mortal en un taller.
Guardia Civil

Hace tres años, Daniel O. N. murió atropellado en la carretera A-125, muy cerca del casco urbano de Ejea de los Caballeros. Tenía 23 años, era natural de Ghana y se había levantado temprano para ir a pedir trabajo al matadero del polígono de Valdeferrín. Eran las 6.40, aún no había amanecido y la zona estaba en penumbra. El joven caminaba por el lado derecho de la carretera, en el sentido de la marcha de los vehículos, cuando una furgoneta lo atropelló y lo mató en el acto. 

Su cuerpo salió despedido varios metros y quedó tendido en la cuneta, a poca distancia de la señal que indica el desvío hacia la Cooperativa Virgen de la Oliva, contra la que se golpeó. Su muerte fue instantánea, como certificarían después los forenses.

El vehículo causante del atropello era un furgón de reparto de fruta, conducido por Jesús María R. C., entonces de 58 años, que no se detuvo en el lugar del accidente y continuó su ruta sin dar cuenta del siniestro en ese momento ni a la Guardia Civil ni a sus jefes, tal y como recoge la sentencia del Juzgado de lo Penal número 7.

 Cuando acabó la ruta, sobre las 9.45, ya en las instalaciones de su empresa en Zaragoza, comunicó que había atropellado a un «ciervo» en la carretera de Luna. Los daños en el vehículo eran más que evidentes (rotura del piloto del paragolpes derecho, pérdida del embellecedor exterior, deformación de la chapa y rotura del ángulo inferior de la luna).

El representante legal de la empresa, cuando fue informado del siniestro, preguntó a Jesús María R. C. sobre lo ocurrido y este le contó que había atropellado a un animal, que no había parado por la estrechez de la carretera y porque no llevaba linterna. Le recriminó que no hubiera llamado a la Guardia Civil y él se justificó alegando que no tenía batería. 

Tras pedirle que se pusiera en contacto con el cuartel de Ejea o Luna, la empresa llevó la furgoneta Iveco a un taller para repararla. Dos días después, agentes del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico detenían al conductor y el juez lo enviaba a prisión preventiva, donde estuvo una semana, por homicidio imprudente y omisión de socorro.

Casi dos años después de celebrarse el juicio y debido al atasco que registra el Juzgado Penal 7, la jueza de refuerzo acaba de dictar sentencia absolviendo al conductor de toda responsabilidad. La magistrada, una vez vista y analizada la grabación del juicio, llega a la conclusión de que la culpa del atropello fue del peatón.

Afirma que la causa principal del accidente fue que el joven «caminaba por el margen y parte del carril derecho en el sentido de la marcha, de espalda  a los vehículos que circulaban por la vía, en noche cerrada, con ropa oscura y sin hacer uso del preceptivo chaleco reflectante». 

La juez acoge la tesis de los peritos del Centro Zaragoza que aseguraron que, dadas las condiciones de la vía –arcén de 20 centímetros, mala visibilidad, de noche–, circulando con luces cortas, cuando pudo percibir al peatón estaba a unos 20 o 30 metros de él. Partiendo de que fuera a 70 km/h (ya que se ignora la velocidad exacta a la que circulaba), el tiempo de reacción normal es de 1,8 segundos. 

Por lo tanto, entiende que, tal y como mantenía la abogada de la defensa, Ana Alcay, el conductor no pudo evitar el accidente, puesto que la presencia del peatón fue «repentina e inesperada» para él y no tuvo tiempo ni espacio para reaccionar y realizar una maniobra evasiva. El conductor se enfrentaba a penas de entre dos y cuatro años de cárcel, además del pago de una indemnización al hermano del fallecido. La sentencia no es firme y puede ser recurrida.

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