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La cuidadora a la que una anciana con alzhéimer de Zaragoza legó todo su dinero no volverá al banquillo

La Audiencia Provincial la absolvió de un delito de estafa y otro de abandono por el que se enfrentaba a 8 años de cárcel, pero la DGA cree que se aprovechó de la demencia de la octogenaria y recurrió la sentencia. 

La acusada, junto a su abogado, Javier Osés, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
La acusada, junto a su abogado, Javier Osés, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
Guillermo Mestre

La Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos de la DGA no ha conseguido convencer al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) para que ordene la repetición del juicio contra Damaris N.S., una mujer a la que acusa de aprovecharse del alzhéimer que padecía la octogenaria a la que cuidaba para obligarla a dejarle todos sus bienes declarándola heredera universal en su testamento. La Audiencia Provincial no halló pruebas «ni directas ni indiciarias» contra la investigada y la absolvió de los delitos de estafa y abandono. No conforme con el fallo, el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), que había pedido una condena de ocho años de prisión, impugnó el fallo y propuso su anulación. La Fiscalía se adhirió al recurso en cuanto al delito de estafa y la defensa, a cargo del letrado Javier Osés, se opuso al mismo insistiendo en la inocencia de su cliente.

Tras examinar los argumentos de las partes, la Sala de lo Civil y Penal del TSJA deja ahora claro que no hay ningún motivo para volver a sentar en el banquillo a la cuidadora. Y, por lo tanto, tampoco para anular el testamento por el que heredó el patrimonio de la anciana, que se firmó ante notario el 16 de agosto de 2016, casi tres años antes de que esta fuera incapacitada por sentencia judicial.

A la hora de recurrir la sentencia, la Comisión de Tutela se apoyaba en un supuesto error en la valoración de la prueba por parte de los magistrados de la SecciónTercera, así como en «la omisión de todo razonamiento» sobre la pericial médica y las testificales de las trabajadoras sociales que comparecieron en el juicio. Pero el TSJA no comparte el argumentario de la acusación particular y dice que el fallo no adolece de falta de motivación. «Por el contrario –apunta–, la sentencia recurrida valora en sus hechos probados y con el detalle  necesario cuál fue la actuación de la acusada».

El tribunal indica que Damaris N.S. difícilmente pudo hacer abuso de la confianza que le otorgó la anciana, puesto que no ha quedado probado ni que extrajera dinero de las cuentas en las que estaba autorizada. Y ningún empleado del banco que denunció ante los servicios sociales el posible engaño pudo demostrar lo contrario. Tampoco el notario que tramitó el testamento apreció limitaciones en la octogenaria.

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