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Absueltos los dos acusados por una explosión mortal en una gasolinera de Zaragoza

La Fiscalía pedía penas de dos años de cárcel para el dueño de la estación de servicio y para el responsable de la empresa en la que trabajaba el soldador que salió proyectado a una altura de 15 metros hasta acabar en un tejado.

Un fallecido en una explosión en una gasolinera de Villanueva de Gállego
Momento en el que los Bomberos retiraban el cadáver del fallecido del tejado de la nave donde cayó
M.F.

Ni el responsable de la estación de servicio   San Miguel de Villanueva de Gállego ni el dueño de la empresa de electricidad para la que trabajaba fueron responsables de la trágica muerte de Juan Francisco H. P., ocurrida el 3 de febrero de 2017 cuando soldaba una tubería para unir dos depósitos de gasoil. La acumulación de gases hizo que se produjera una tremenda explosión que proyectó al operario a una altura de 15 metros, hasta el punto de que su cadáver fue hallado después sobre la cubierta de una nave anexa. Sin embargo, la culpa del accidente no fue ni de David P. A. ni de Alejandro G. H.,  para los que la Fiscalía pedía dos años de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con otro de homicidio por imprudencia grave.

Un muerto en la explosión en una gasolinera de Villanueva de Gállego
HA

La titular del Juzgado de loPenal número 1 de Zaragoza ha decidido absolver a ambos acusados –a los que defendían Javier Osés y José Manuel Marraco– al concluir que la única responsable del fatal desenlace fue la propia víctima, que aplicó los puntos de soldadura dentro del tanque de combustible sin adoptar las preceptivas precauciones. Como recuerda la magistrada en su sentencia, el operario ni siquiera    usó el explosímetro para cerciorarse de que la atmósfera estaba libre de gases. De hecho, el aparato fue localizado después por la Guardia Civil en el interior de la furgoneta que utilizaba el soldador.

La jueza recuerda que el administrador de la estación de servicio contrató a la empresa MH 3000 S. L. para llevar a cabo el sifonado de dos depósitos de combustible. La obra consistía en unir ambos tanques mediante una tubería de acero colocada en una zanja que se cubriría con hormigón armado. Explica también que el accidente se produjo cuando el trabajo estaba prácticamente acabado. Como la tubería no terminaba de encajar bien, el operario se introdujo en la arqueta de uno de los depósitos y procedió a poner varios puntos de soldadura.Y fue entonces cuando se produjo la deflagración que le costó la vida.

Infracción laboral muy grave

La jueza entiende que no cabe sancionar penalmente a los encausados, puesto que la causa directa del fallecimiento del empleado fue su propia falta de precaución.Sin embargo, tampoco oculta la magistrada que la empresa del finado ejecutó los trabajos sin tramitar el documento de protección contra explosiones que exige el Real Decreto 681/2003. Dicho informe, explica, debía concretar las zonas de peligro y las medidas preventivas.

Pero el incumplimiento de este trámite, apunta, no implica una sanción penal, sino administrativa. De ahí que la Inspección de Trabajo levantara un acta por infracción muy grave contra la empresa del fallecido. Contra la sentencia todavía cabe recurso de apelación ante el TSJA.

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