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Una vecina de Zaragoza, condenada a prisión por coaccionar a su exnovio para que volviera con ella

Un juzgado impone una pena de 11 meses de cárcel a una mujer que seguía a su expareja y le hacía tocamientos para que retomara la relación.

Juzgados de Zaragoza en la Expo.
Juzgados de Zaragoza en la Expo.
Guillermo Mestre

Una mujer ha sido condenada a once meses de prisión por coaccionar a su exnovio y tratar de obligarlo a retomar la relación. A la acusada, Julia N., se le atribuía un delito de acoso y otro de abuso sexual, ya que las dos veces que esperó a su ex en el garaje se abalanzó sobre él y le tocó los genitales. Pero la juez considera que lo que cometió fue un delito de coacciones, ya que la preocupación que la víctima mostró en el juicio no fue tanto por su "indemnidad sexual" como por las "molestias" y el "espectáculo" al que la acusada lo sometía con su comportamiento.

Julia N., de 43 años, mantuvo una relación con el hombre, de 63, durante tres o cuatro meses y se vieron unas veinte veces. En septiembre de 2018, él cortó y ella no aceptó la ruptura. La sentencia declara probado que, el 21 de octubre, Julia N., defendida por la letrada Carmen Sánchez, se presentó en el garaje de su ex y, al verlo, se le tiró encima y le tocó los genitales. Él logró apartarla pero, a pesar de su oposición, ella se metió dentro de su coche, se negó a salir y le exigió que la llevara a su domicilio.

"Dada la insistencia de ella" y "para evitar problemas", el denunciante accedió a acercarla hasta su casa, pero al llegar se negó de nuevo a bajarse del vehículo. Entonces empezó a meterle la mano dentro del pantalón hasta que logró zafarse de ella. Aún así, lo persiguió hasta la calle y solo huyó al ver a la Policía. Cinco días después lo esperó en el garaje y repitió la escena. El denunciante también tuvo que salir corriendo hasta la calle, donde continuó besándolo hasta que se vio sorprendida por un viandante, que avisó a la Policía Nacional.

La Fiscalía y la acusación particular, ejercida por la abogada María Luisa Medina, calificaron los hechos como un delito de acoso y otro de abuso sexual y pidieron un año de cárcel y 24 meses de multa (5.760 euros) y la prohibición de acercarse a la víctima.

En su sentencia, la magistrada explica que la conducta de Julia N. constituye un delito de coacciones, no de acoso, porque fueron dos los episodios que protagonizó y con ellos "no vulneró la libertad de obrar" de la víctima ni le creó tal clima de intranquilidad que le obligó a modificar su vida. No obstante, entiende que su comportamiento "no solo no puede quedar impune" sino que "reviste la suficiente gravedad" para ser castigado como coacciones.

"A todas luces es patente que pretendía mantener con el que había sido su pareja sentimental un trato que este no deseaba, imponiéndole su presencia, restringiendo su libertad de movimientos, compeliéndole, con su insistente proceder, a llevarla en coche hasta su casa, insistiéndole incluso con actos físicos de compulsión y tocamientos a que estuviera con ella y retomara la relación (...)", dice el fallo. 

Además de la pena de prisión, la condenada no se podrá acercar a menos de 200 metros del denunciante durante dos años y medio. 

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