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Dos años de prisión por intentar entrar en la cárcel de Daroca con 0,13 gr de heroína y 25 de hachís

El interno regresaba de un permiso y los funcionarios detectaron que llevaba la droga oculta en el cuerpo a través de una radiografía. 

Imagen de archivo de la cárcel de Daroca.
Imagen de archivo de la cárcel de Daroca.
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La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a Antonio L. Y. a dos años de prisión por haber intentado introducir en la cárcel de Daroca 0,13 gramos de heroína y 25,3 de hachís. El acusado se enfrentaba a una pena de cuatro años pero, atendiendo a las cantidades incautadas y a que llegó a reconocer a uno de los funcionarios que la droga era para venderla dentro –aunque en la vista oral se desdijo–, el tribunal opta por imponerle una condena de dos años.

En 2017, Antonio L. Y. estaba cumpliendo una condena en Daroca y al volver de un permiso penitenciario el 1 de mayo de ese año, se le hizo una radiografía para comprobar si portaba drogas en el interior de su cuerpo. La prueba reveló que en el ano llevaba dos bolsas que contenían sustancias sólidas que una vez analizadas resultaron ser unas pequeñas cantidades de heroína y hachís.

La Audiencia considera probado que el acusado pensaba comercializar la droga dentro de la cárcel. El tribunal llega a esa conclusión porque tanto durante la instrucción judicial como ante la propia sala reconoció los hechos, aunque no se conformó con la pena que solicitaba la Fiscalía. Antonio Y. L. declaró durante el juicio que la droga era para su propio consumo y no para venderla dentro de la cárcel. 

Así lo corroboró uno de los funcionarios que testificó en la vista oral, aunque otro dijo lo contrario, que el interno le había dicho que pensaba distribuirla. Incluso ante el juez instructor llegó a dar nombres de los internos que le habían propuesto hacer un pase. Al final, estos no fueron investigados, ya que en ese momento acabó admitiendo que iba a sacar un beneficio económico, según el fallo.

El abogado de Antonio Y. L., Luis Nivela, solicitó su absolución o, alternativamente, la condena mínima posible, un año y medio, al ser un delito de tráfico de drogas agravado por cometerse en una prisión. El tribunal de la Sección Tercera explica que, sin perder de vista la posibilidad que tiene todo inculpado de no declarar contra sí mismo, como no reconoció tajantemente la verdad no es merecedor de la pena mínima pero tampoco de la máxima y la deja en dos años y una multa de 140 euros, el valor de la droga.

Su abogado pidió la libertad de su cliente por el alto riesgo que supone estar en prisión en las circunstancias de pandemia del Covid19 actuales, pero la Audiencia se la deniega alegando que a raíz de estos hechos estuvo en busca y captura y no se le detuvo hasta este pasado 2 de marzo. El letrado recurrirá la decisión.

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