El Ayuntamiento de Huesca aprueba facilitar despacho y teléfono a los ediles no adscritos

El nuevo reglamento ha sido aprobado con los votos de PP, PSOE y el concejal tránsfuga de Vox. Los miembros de este último partido han anunciado que lo llevarán a los tribunales. 

Imagen del pleno del Ayuntamiento de Huesca.
Imagen del pleno del Ayuntamiento de Huesca.
Verónica Lacasa

El nuevo reglamento del Ayuntamiento de Huesca, respaldado por el PP y el PSOE, facilitará medios a los concejales que pasen a tener la condición de no adscritos -como ha ocurrido este mandado con Antonio Laborda tras su expulsión de Vox- y limitará el número de mociones que pueden presentar los grupos al pleno. 

Estas son dos de las principales novedades de la modificación aprobada en el último pleno con 23 votos a favor (los 12 PP, los 10 PSOE y el edil no adscrito) tras estimar parcialmente algunas alegaciones presentadas por el grupo municipal de Vox (2 ediles), que anunció la presentación de un recurso contencioso administrativo por entender que se "vulnera" el derecho de participación ciudadana a través de sus representantes electos recogido en la Constitución.

El reglamento que estaba en vigor hasta ahora -aprobado en 2016- reguló por primera vez la figura del concejal no adscrito para evitar el transfuguismo de forma que  respetaba sus derechos como edil, pero le impedía aprovecharse de los medios municipales pensados para los grupo políticos.

El que fuera concejal del PSOE Manuel Rodríguez lo vivió en 2017 ya que tras ser cesado por el entonces alcalde Luis Felipe al informarle de sus intenciones de dejar el grupo socialista por sus discrepancias políticas, renunció finalmente al acta ya que, según un informe del secretario municipal, no tenía derecho a despacho, ni ordenador ni teléfono.

Ahora, en primer lugar se ha cambiado la "definición" de concejal no adscrito ya que para adquirir esta condición no será necesario que sea "expulsado" del grupo político al que pertenezca, sino que "deje de formar parte" de él. 

Además, se incluye un nuevo apartado indicando que "tendrán derecho a asistir, debatir y votar en las sesiones del pleno y en las de todas las comisiones informativas". 

Otra novedad respecto a esta figura es que se introduce un nuevo artículo sobre los "medios materiales" que contarán los concejales no adscritos para su funcionamiento ya que ahora dispondrán de un espacio en la Casa Consistorial en el que puedan desarrollar las labores propias de sus cargos con el mobiliario y los medios informáticos necesarios”. 

Además, se ha incluido un nuevo artículo según el cual todos los concejales dispondrán de los medios técnicos necesarios para poder desempeñar adecuadamente sus funciones -como mínimo de telefonía móvil- en los términos y con el alcance que se apruebe por decreto del Alcalde o Alcaldesa, a propuesta de la Junta de Portavoces. 

Por último, las convocatorias de los plenos y el orden del día eran remitidas antes a los concejales no adscritos a su domicilio y ahora se establece que todos los grupos y ediles de la corporación las recibirán por correo electrónico.

Por otra parte, un nuevo artículo fija un límite para el número máximo de propuestas de resolución por cada grupo a tres si tiene más de cinco miembros (como PP y PSOE ahora); dos si el grupo tiene entre dos y cinco miembros (como Vox) y una si tiene un miembro. Además, el conjunto de concejales no adscritos solo podrán presentar una como mucho. En el último pleno, por ejemplo, Vox presentó 9 mociones, el PSOE otras 3 y el PP y el edil no adscrito, una cada uno. 

También se ha modificado el reglamento en el apartado de dedicaciones exclusivas y parciales de los concejales. A partir de ahora, cada grupo podrá tener 1,5 ediles liberados por cada cinco o fracción de cinco y tendrán libertad para decidir la proporción. Con ello, por ejemplo, el PSOE podrá pasar de dos a tres concejales con dedicación exclusiva.

Finalmente, se regula por primera vez la asistencia a distancia a los plenos -incluyendo su participación en el debate y la votación de los asuntos- para los concejales en situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, enfermedad prolongada u otra causa debidamente justificada que impida su asistencia presencial. 

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