El juez rechaza obligar a Sanidad a reabrir las urgencias de Canfranc

El Juzgado argumenta que se trata de una decisión de política sanitaria y que está inhabilitado para interferir en este tipo de conflictos. La consejería sigue trabajando para reabrir el PAC pero aún no pone fecha. 

Protesta en Canfranc por el cierre de las urgencias médicas.
Protesta en Canfranc por el cierre de las urgencias médicas.
Verónica Lacasa

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Huesca ha desestimado las medidas cautelares que había solicitado el Ayuntamiento de Canfranc para obligar a la  consejería de Sanidad a reabrir el Punto de Atención Continuada que atendía las urgencias por la tardes, las noches y los fines de semana, cerrado desde principios de verano.

La consejería defendió el cierre por la necesidad de concentrar el personal por falta de facultativos para cubrir las plazas. La consejera Sira Repollés anunció la semana pasada una batería de medidas para la cobertura de determinados puestos de trabajo en Atención Primaria, incentivando aún más a los profesionales sanitarios que presten servicio en los centros de difícil cobertura y con compensaciones económicas para todos aquellos que usen el vehículo privado para pasar consulta. Sin embargo, fuentes de Sanidad han dejado claro que aún no hay fecha para reabrir las urgencias de los PAC de Canfranc y Escarrilla, dos de los servicios afectados. 

El Consistorio canfranqués denunció el 27 de junio ante el Juzgado de lo Contencioso que mediante un simple cartel informativo, sin firma alguna, colgado en la puerta del centro de salud, la administración autonómica había procedido a cerrar el PAC "con las gravísimas consecuencias para la población que ello conlleva". Y solicitó como  medida cautelarísima la suspensión de este cierre para su apertura inmediata.

Antes, el Ayuntamiento ya se había dirigido a la propia consejería reclamando que diera marcha atrás a la medida adoptada a partir del 13 de junio que supuso el cierre de las urgencias de lunes a jueves en horario de 17.00 a 8.00 al haberse quedado sin cubrir dos plazas de médicos de atención continuada. Un requerimiento basado, a su juicio, en que la actuación "vulneraba el derecho a la salud".

El Juzgado ya desestimó en su día las medidas cautelarísimas solicitadas y dio un plazo de 10 días para alegar la consejería. Esta informó que el cierre se derivó de una orden verbal enmarcada dentro de sus facultades de dirección y se opuso a la medida cautelar pedida.

Ahora, en su auto, el juez-magistrado David Sampedro Ibáñez rechaza también la medida y por tanto se niega a obligar a la administración a reabrir las urgencias del centro de salud de Canfranc. Alega que la cuestión central del conflicto no es jurídica sino que se trata de una decisión de política sanitaria por criterios autónomos por un órgano político como es el Gobierno de Aragón. "Y un Juzgado está por completo inhabilitado para interferir en conflictos de carácter político entre administraciones, sin que la alegación general al derecho a la salud pueda ser más que un subterfugio sin base suficiente para una tal interferencia", subraya. 

Al respecto, pone un ejemplo muy gráfico: "Lo contrario sería tanto como aceptar que la decisión de construir o no un hospital en una determinada población, o de ampliar o no un ambulatorio en otra, incluso de cerrar un centro sanitario, fuera susceptible de someterse a este juzgado para que fuera en último término quien fuera decidiendo tales cuestiones".

 Y es que eso supondría que se estaría dirigiendo desde el ámbito judicial la política sanitaria de la provincia de Huesca, con asignación de inversiones y medios materiales y personales concretos, "una función que es evidente que compete al departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón y que es radicalmente ajena a la función constitucional de este juzgado: aplicar la ley concretar al caso concreto", remarca.

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