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El asesino de Naiara descarta recurrir al Supremo pero sí lo hará el padre de la niña

El abogado Marcos García Montes insistirá ante el Alto Tribunal en pedir condenas más duras por malos tratos para Iván Pardo, su hermano y su madre, además de una indemnización más alta para su cliente.  

Iván Pardo, en la sesión de este viernes del juicio con jurado que se sigue contra él por asesinar presuntamente a su sobrina Naiara.
Iván Pardo, durante el juicio celebrado el año pasado en la Audiencia Provincial de Huesca.
EFE

Iván Pardo Pena, condenado a prisión permanente revisable después de ser declarado culpable del asesinato en Sabiñánigo de Naiara, su sobrina de 8 años, a la que torturó durante horas por no hacer los deberes, ha descartado la última posibilidad que le quedaba de recurrir ante el Supremo. Asume de esta forma la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia, que confirmó "en todos sus extremos" el fallo inicial de la Audiencia Provincial de Huesca

Así lo ha confirmado su abogada, María Gabasa, este lunes, fecha en la que se cumplía el plazo para comunicar si iba a presentar o no recurso de casación a la decisión del TJSA de desestimar su petición de rebajar la pena a entre 10 y 15 años al calificar los hechos de un delito de lesiones dolosas en concurso con un homicidio, y no de asesinato con las agravantes de alevosía y minoría de edad de la víctima. Iván Pardo también fue condenado a otros 2 años de prisión por malos tratos habituales en el ámbito familiar. Y es que su cliente no le ha dado ninguna instrucción al respecto y la letrada admite, además, que un eventual recurso tendría "pocas posibilidades" ya que las causas para acudir al Supremo están "muy tasadas".

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón basó su decisión en la existencia de "abundante prueba de cargo", obtenida con todas las garantías "y razonadamente motivada": las declaraciones sumariales del acusado (en el juicio se negó a contestar a las preguntas de la acusación), las de las dos sobrinas presentes en la vivienda donde ocurrieron los hechos; la diligencia de inspección ocular, los informes periciales del análisis de los teléfonos móviles, las pruebas sobre el estado mental y la imputabilidad del acusado, y otros testimonios aportados en la vista con jurado.

El TSJA consideró probado el delito de asesinato por la situación de indefensión de Naiara. "La niña se encontraba atada a la espalda de pies y manos con unos grilletes, y éstos a su vez sujetos entre sí por una cuerda, de modo que no podía huir, ni podía pedir socorro pues le había tapado la boca con un calcetín sujeto por un cinturón, a lo que habría que añadir la diferencia de complexión y fuerza física entre una niña de 8 años y un hombre de más de 30 y el debilitamiento por los brutales malos tratos que acababa de recibir", señaló en la sentencia.

Quien sí agotará esta vía será Manuel Briones, el padre de la niña. Su letrado, Marcos García Montes, ha anunciado a la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJA la presentación de un recurso al considerar que su último fallo no se ajusta a derecho. Argumenta en primer lugar la vulneración del artículo 172.3 del Código Penal al haber condenado a Iván Pardo, a su hermano y a su madre a dos años de prisión por el delito de malos tratos habituales en el ámbito familiar y no a una pena superior

También alegará el artículo 109 sobre responsabilidad civil porque ante el TSJA ya solicitó que su cliente recibiera la misma indemnización que la madre biológica (120.000 euros), en lugar de los 30.000 reconocidos en la sentencia de la Audiencia de Huesca ya que, a su juicio, el daño moral para ambos progenitores es el mismo y por tanto esta diferencia económica era "desproporcionada" aunque su cliente residiera fuera de España y no conviviera desde hace años con su hija.

La Fiscalía, la madre de la niña y la otra defensa tampoco recurrirán

Por su parte, la Fiscalía y la otra acusación particular de la madre de Naiara, Mariela Benítez, ejercida por el letrado Luis Marín han renunciado a recurrir ante el Supremo, al igual que el letrado del padrastro y de la abuelastra de Naiara, José Luis Vivas. El TSJA también desestimó los recursos de este último contra las condenas de dos años para sus clientes por malos tratos habituales (en el caso del primero, en la modalidad de comisión por omisión) y solicitando la nulidad del juicio con jurado.

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