Tribunales

El TSJA desestima el recurso contra la sentencia del apuñalamiento de Sariñena

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón rechaza íntegramente la apelación de la defensa de Cristian V.V., condenado a siete años de cárcel por intento de homicidio.  

Audiencia Provincial de Huesca - Juicio por tentativa de homicidio / 15-01-20 / Foto Rafael Gobantes [[[FOTOGRAFOS]]] [[[HA ARCHIVO]]]
Cristian V. V., condenado a siete años de cárcel, durante el juicio celebrado en Huesca enero
Rafael Gobantes

El Tribunal Superior de  Justicia de Aragón (TSJA) ha desestimado íntegramente el recurso de apelación presentado por el abogado de Cristian V.V. contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca que lo condenó el pasado mes de enero a siete años de cárcel por un intento de homicidio y a seis meses por un delito de amenazas tras considerarlo culpable del apuñalar apuñalamiento de un hombre el 1 de septiembre de 2018 en Sariñena. Desde entonces, el procesado está en la cárcel. 

Los hechos ocurrieron la madrugada del primer día de fiestas de la localidad, cuando Javier M. L, de 41 años, recibió un navajazo en el abdomen por parte de Cristian V.V., de 23. Según relató durante el juicio el agredido, que sufre secuelas por el ataque, todo empezó como una broma por el sombrero que llevaba el más joven. No se conocían entre ellos, eran entre las 6.00 y las 6.30 y estaban en el exterior del pabellón de las peñas.

Los dos primeros motivos de la apelación se refieren a que las amenazas por las cuales se ha condenado a seis meses de cárcel a Cristian V.V. no estaban corroboradas "por ningún dato de carácter objetivo, ni siquiera por los propios testigos de la acusación". A esto, el TSJA responde que a la Audiencia Provincia, "no le ofrece duda la declaración de la víctima sobre la forma en que recibió la amenaza de muerte".  El tribunal señala que esta declaración es la única prueba "y a ella la sentencia le confiere la cualidad de prueba de cargo por no ofrecer duda su veracidad", por lo que rechaza este argumento. 

Asimismo, la defensa del procesado señala en su recurso que "no ha quedado probado el ánimo de matar sino de lesionar" . El TSJA respalda también apoya la estimación de la sala de la Audiencia Provincial en el sentido de que el procesado "era consciente de que un navajazo en el vientre puede causar la muerte del agredido (...)  y debe por ello reputarse como homicidio intentado al haber salvado la vida de la víctima, por lo que se descartarse el delito de lesiones propuesto por la defensa". Además, coincide con el tribunal sentenciador en que " la víctima salvó la vida gracias a la rápida intervención de los guardias civiles que se encontraban a escasa distancia de donde se produjo el apuñalamiento".

Así pues, rechaza este motivo y tampoco tiene en consideración que el hecho de que el agresor dejara de dar puñaladas a la víctima suponga que desistió en el intento de homicidio. El TSJA entiende, además, que "la tentativa de homicidio se da por acabada y que por ello es correcto que la pena se rebaje en un grado y no en dos, como solicita la defensa de Cristian V. V. Igualmente, rechaza la atenuante propuesta de embriaguez y dogradicción porque, tras los análisis de los forenses, "no se pude saber si había habido un consumo agudo de sustancias en ese momento". 

El auto del TSJA rambién tiene en cuenta, según recogía la sentencia, que el agente que lo detuvo y registró declaró que no estaba afectado por el alcohol, que se encontraba tranquilo y se dejó registrar, coincidiendo con otro de los guardias civiles que declaró que "no olía a alcohol y no le pareció afectado".

 

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión