grupo samca

La juez rechaza fijar en casi 2.000 millones el litigio sucesorio de la familia Luengo 

Los demandados plantearon esa cifra, pero la otra parte se opuso alegando que lo que pretendían era disuadirles de seguir adelante por el alto coste procesal.

Mina a cielo abierto de carbón de Samca en Ariño.
Mina a cielo abierto de carbón de Samca en Ariño.
Laura Castel

La audiencia previa celebrada el pasado 5 de septiembre en los tribunales entre las dos partes de la familia enfrentadas por el pacto sucesorio firmado por el empresario aragonés Ángel Luengo y su mujer, Aurora Sanz, terminó, como era previsible, sin acuerdo.

Con el procedimiento judicial presentado por dos de los ocho hijos del matrimonio –Ángel Antonio y Javier–, y una nieta, Caroline, hija del primero, se busca que el juzgado declare nulo el contrato sucesorio que ha dejado al frente del Grupo Samca y de todo el patrimonio consorcial de la pareja a dos de sus nietos, Javier y Guillermo Luengo Egido, saltándose la generación de sus ocho hijos.

Los demandantes entienden que la finalidad de ese contrato era «anular» la autonomía y voluntad de Aurora Sanz –tanto en vida como a la muerte de su marido si se producía antes que la de ella–, y sustituirla «ilegítimamente» por la de su esposo respecto a la organización de la sucesión en contra de sus deseos.

Consideran, además, que la complejidad jurídica del documento lo hacía incomprensible para ella, puesto que en la fecha que se firmó –noviembre de 2010- la mujer contaba con 81 años y empezaba a tener disminuidas sus capacidades intelectivas y volitivas, tal y como mantienen.

Al no llegar a un acuerdo, dada las posturas irreconciliables, la titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 resolvió en la audiencia previa varias cuestiones procesales planteadas por las partes. Una de las más importantes sobre las que tuvo que pronunciarse fue la petición de los hermanos y uno de los directivos de Samca demandados de que fijase la cuantía del procedimiento en un importe cercano a 2.000 millones de euros. El objetivo de establecer esta cifra, según fuentes consultadas, era desincentivar o disuadir a la parte demandante de continuar con el procedimiento por el alto coste procesal que supone una cifra tan elevada en un pleito civil.

Sin embargo, la jueza, tras oír los argumentos de los abogados, desestimó la petición y siguió manteniendo la cuantía del procedimiento como ‘indeterminada’, tal y como se recoge en la demanda. Además, en este litigio no se dirime el valor del patrimonio de la familia Luengo, sino si el contrato sucesorio firmado por el matrimonio es válido o no.

Audios y documentos

Por otra parte, la magistrada admitió la declaración tanto de las 14 partes personadas como de 23 testigos y seis peritos, así como la reproducción de varios testimonios de audio de la propia Aurora Sanz con los que pretenden demostrar su voluntad respecto al destino de su herencia.

No obstante, fuentes de la parte demandada señalaron a este diario que la mayoría de los audios fueron rechazados por la juez y gran parte de la prueba documental que presentaron los demandantes. El procedimiento ha quedado ahora pendiente de que la titular del juzgado fije una fecha para la vista oral, que se prevé dure varios días por el elevado número de testigos.

El empresario falleció en agosto de 2021 en Zaragoza a los 92 años. Cuando los herederos –su mujer, Aurora Sanz, entonces de 92 años; sus ocho hijos y sus 16 nietos– accedieron a las últimas voluntades de Ángel Luengo comprobaron que el matrimonio había hecho a lo largo de su vida seis testamentos, el último en 2007. Los documentos reflejaban sus respectivas voluntades y no establecían ninguna diferencia entre los cónyuges si uno moría antes que el otro. En cada uno variaban de decisión respecto a los nietos a los que legaban el patrimonio –calculado hace un año por distintos estudios económicos en unos 1.700 millones– y dejaban al resto diferentes importes de dinero. Pero el último que firmaron y ha dado origen a este litigio es el mencionado contrato sucesorio el cual, de manera irrevocable y de por vida, sustituía desde ese momento –­2010–, la voluntad de Aurora Sanz por la de su marido o por unos terceros designados por Ángel Luengo. 

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