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Nuevo régimen jurídico de los animales: "No se puede equiparar una mesa con un perro"

La ley modifica el Código Civil y las normas Hipotecaria y de Enjuiciamiento Civil pasando las mascotas a ser "seres sintientes" y no cosas, lo que supone que no podrán ser embargadas ni hipotecadas, entre otras medidas.

Los perros y gatos analizados en el estudio mostraban síntomas.
Perros y gatos y demás animales pasan a ser considerados seres dotatos de sensibilidad en el Cógico Civil.
Pixabay

Ha tardado años, pero por fin el Código Civil español reconoce a los animales su naturaleza de "seres sintientes" o seres vivos dotados de sensibilidad -en lugar de, como hasta ahora, "bienes inmuebles o cosas"-, lo que conlleva que no podrán ser objeto de embargo ni hipotecarse, entre otras medidas en aras a su protección. El pleno del Congreso de los Diputados aprobaba el pasado 2 de diciembre la proposición de ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, tras la incorporación parcial de las enmiendas remitidas por el Senado. La reforma se acordó en 2017, aunque es ahora cuando ha visto la luz.

"Es una magnífica noticia, aunque Europa ya recoge desde 2009 que son seres sintientes. No es una cuestión de lenguaje sino que tiene que ver con el reconocimiento del estatus que tienen: no son objetos de usar y tirar", apunta Nuria Máximo, directora de la cátedra Animales y Sociedad de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, que considera necesario que ahora el Código Penal se ajuste ante un maltrato animal que sale muy barato. "Si queremos pararlo, el coste por hacerlo debe ser mucho mayor que el actual, donde prácticamente es gratis", reclama.

Uno más de la familia en caso de separación 

A partir de ahora, las mascotas pasan a ser uno más de la familia teniendo en cuenta su bienestar en caso de divorcios y separaciones. Así, la modificación del Código Civil recoge "el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado si fuere necesario, así como las cargas asociadas al cuidado del animal". Además, la Ley de Enjuiciamiento Civil declara que son bienes absolutamente inembargables, "sin perjuicio de la embargabilidad de las rentas que los mismos puedan generar"; y la Hipotecaria establece que la hipoteca no comprenderá "los animales colocados o destinados en una finca dedicada a la explotación ganadera, industrial o de recreo, no cabiendo pacto de extensión de la hipoteca a los animales de compañía".

Gema Calahorra, vicepresidenta de la sección de defensa de los derechos de los animales del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, recuerda que en los procedimientos de divorcios en el 90% de los casos se acababa acordando que el titular del microchip era el dueño del animal sin considerar la unión que podría tener con él. "Ahora, al no ser una cosa, seguirá habiendo administrativamente un titular del microchip, pero no se tendrá en cuenta solo eso a la hora de las custodias", indica.

La abogada aragonesa también resalta que no podrán ser objeto de abandono cuando fallezca su propietario y se podrán tomar medidas cautelares para la no devolución del animal a su dueño cuando haya indicios de malos tratos. "El estatus jurídico cambia totalmente: se les reconoce una serie de derechos entre comillas que antes no tenían. Era necesario; hay que darles un lugar y un respeto diferentes a lo que es un mero objeto. No se puede equiparar una mesa con un perro o un gato", afirma Calahorra, que en su quehacer laboral ha visto casos de maltrato.

Violencia de género

Precisamente, el maltrato animal contará en los casos de violencia de género. Tal y como explica la letrada, si la pareja utiliza a la mascota como forma de violencia hacia la otra parte (en alguna ocasión han llegado a matarla) va a ser tenido en cuenta a la hora de la custodia compartida de los hijos.

En este punto, Nuria Máximo destaca la importancia de que se reconozca la relación entre ambos tipos de violencia y también que el Código Civil recoja el daño moral causado. "Cuando el animal es maltratado (física o emocionalmente) por un tercero hay un daño que hay que resarcir porque es una mascota con la que se convive", dice la directora de la Cátedra Animales y Sociedad de la Rey Juan Carlos.

Por otro lado, la nueva Ley de Protección Animal (aún en borrador) acaba con prácticas como las peleas de gallos, el uso de animales salvajes en circos, la cría descontrolada de animales o la venta de especies exóticas, entre otras medidas. José Ignacio Aguinaga, propietario del centro canino Usurbe desde 1981 en Movera (es criadero de pastores alemanes, residencia y también centro de adiestramiento canino), considera positivo que se regularice la cría de animales, pero ve "excesivo" que un particular no pueda tener una camada. "En Francia existe la figura de criador amateur, es decir, una persona que tiene en su casa una perra y, puntuamente, hace una camada al año. ¿Por qué no una cría regularizada como en este país?", reclama.

Asimismo, ve correcto que las tiendas de animales no puedan comercializar mascotas. "No es un espacio adecuado para que esté ahí un cachorro hasta su venta. El perro tiene que estar en un criadero y de ahí, a un domicilio; no a un escaparate ni a una tienda encerrado", afirma, al tiempo que se queja de que no hayan consultado a criadores y adiestradores a la hora de elaborar la ley. "Ha pasado como con la normativa del lobo, que no se contó con el ganadero", apunta.

Además, Aguinaga critica que en el borrador de la norma se pretenda eliminar el listado que determina las razas que suponen un potencial peligro y sustituirlo por un registro que valore el comportamiento de cada animal de forma individual. "El día que esos perros pontencialmente peligrosos estén sin bozal, sin correa y sueltos va a haber problemas en toda España y de nivel", advierte.

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